El 11 de agosto de 1994, la Convención que tenía a su cargo la reforma de la constitución argentina aprobó por unanimidad el inciso 17¹ del nuevo artículo 75 que reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas, el derecho a la ocupación y propiedad de sus territorios ancestrales, a su cultura… El texto de la nueva norma superaba ampliamente el de la norma anterior, siendo un motivo de enorme esperanza para las comunidades originarias. Sin embargo, más de dos décadas después, la legislación sigue sin reglamentar y su enunciado resulta casi retórico.

En esta entrevista, Israel Alegre, referente de la comunidad Nanqom de Formosa, nos ofrece su mirada sobre esa situación.

 

–¿Cómo resumirías hoy el estado de los derechos indígenas en el país?

–La situación general es casi igual para todos los pueblos indígenas porque nunca se cumplió lo que está establecido en la Constitución Nacional ni lo que dice el nuevo Código Civil y Comercial. Ya hace 26 años que se reformó la Constitución, pero el Estado nunca reglamentó esos derechos,  no quiere responsabilizarse del tema indígena. Para los pueblos indígenas no hay justicia. Esa es la realidad.

La reglamentación nunca se hizo aunque es atribución y deber del Congreso de la Nación. Pero no hay voluntad política de los senadores nacionales, ni de los diputados; tampoco del poder ejecutivo ni de la justicia, porque cuando hablamos de tierra y de territorios, se afectan intereses económicos de poderosos. Cuando se tocan intereses de grandes empresas madereras, petroleras, mineras, ganaderas, sojeras, la lucha por la tierra es criminalizada. Entonces atacan a quienes reclaman que se cumplan los derechos que están en la constitución nacional y en los tratados internacionales.

–¿En qué te parece que debería cambiar la relación del Estado con los pueblos indígenas, al haber reconocido su preexistencia?

–El artículo 75 reconoce la preexistencia indígena y con eso automáticamente los pueblos indígenas son personas jurídicas públicas como el Estado mismo, como las provincias, las municipalidades, la Iglesia Católica. Además la preexistencia también da pie a una ley de reparación histórica.

Mucha gente se asusta cuando nosotros decimos esto, pero estamos hablando de que tienen que reparar el daño, todo ese genocidio: 318 años que corresponderían a España y 211 años de Argentina, porque Argentina también es responsable del genocidio. Para los pueblos indígenas nunca hubo independencia y la historia misma se encarga de mostrarlo. Tiene que haber reparación histórica para que nosotros podamos hablar de autogobierno y autonomía, si no seguimos dependiendo del Estado, y  cuando dependo de la teta del Estado, no soy independiente, dependo, vivo de la dependencia y lo que dice el Estado hay que hacerlo.

Al reconocer nuestra preexistencia también se están reconociendo nuestras instituciones y el órgano máximo que nosotros tenemos desde tiempos inmemoriales es la asamblea, y no el cacique. El cacique fue un invento de los militares que agarraron a unos indígenas y los vistieron con uniforme militar para “imprimirles un cargo”. Entonces, aunque digan que se reconoce nuestra cultura, nos vemos obligados a usar un sistema totalmente ajeno.

Cuando nosotros exigimos que el Estado cumpla, ellos miran para otro lado, pero después nos obligan a elegirlos, a darles nuestro voto, porque aunque el voto es secreto también es obligatorio. Entonces nos siguen usando durante todo este tiempo de la democracia hasta el día de la fecha. Al que no vota le cobran multa, pero si reclamás que se aplique tu derecho, te hacen una causa judicial, te criminalizan por reclamar. Entonces los pueblos indígenas seguimos quedando como trofeo del congreso de la nación.

–Es frecuente que el gobierno nacional se desentienda de los conflictos de las comunidades en las provincias, ¿cierto?

–El gobierno nacional se justifica diciendo que por ser un estado federal no puede hacer nada. Esto es una mentira total. La obligación y el cumplimiento de las leyes de derecho indígena es responsabilidad del estado nacional y de los estados provinciales. Las leyes locales se tienen que ir adaptando a los nuevos derechos y si no lo hacen son inconstitucionales.

Nosotros debemos exigir que deroguen las leyes de política aborigen, ya sean nacionales o provinciales,  que se siguen aplicando cuando no están adecuadas a la constitución nacional. También incumplen tratados internacionales como el convenio 169 de la OIT, y el nuevo código civil y comercial que en su artículo 18 ratifica el artículo 75, inciso 17 de la constitución. Sin embargo siguen vigentes.

–En una situación tan difícil de resolver, ¿qué te mueve a seguir?

–La verdad es muy indignante. No es fácil reclamar el derecho de los pueblos indígenas a los que pertenezco; no es fácil estar en contra del poder, no solamente del poder económico sino que ellos tienen la decisión de poder manejar todo, a la justicia misma, ¿no? Uno reclama sus derechos y le arman una causa judicial, lo criminalizan por su reclamo y el de su pueblo.

No es fácil pero es la historia que estoy escribiendo, es lo que va a estar escrito en mi lápida al terminar esta vida que tengo y la huella que dejo al pasar por este planeta, ¿no? Hay que seguir adelante, poner mi mente en esa meta que me he fijado y avanzar para que la nueva generación tenga un horizonte nuevo.


¹ “Corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.”