Caso Rafael Nahuel: la ampliación de un testimonio que no absuelve a nadie

Neuquén, Puel Mapu. Cuando las fuerzas de seguridad chilena entraron a la casa de José Peralino y lo amenazaron para que firmara una declaración en donde acusaba a un grupo de mapuche por el incendio de una casa (véase el caso Luchsinger–Mackay), los procesos judiciales que se extendieron en contra de personas inocentes fueron interminables, incluso aún continúan en curso. El mismo mecanismo de apriete judicial padeció el fotógrafo Felipe Durán, cuando las fuerzas de seguridad del Estado chileno ‘plantaron’ armas en su casa; Durán no aceptó acusar falsamente a nadie y pasó 9 meses en una cárcel de Temuco (2016). El pasado 14 de marzo, de este lado de la cordillera, específicamente en la ciudad de Furilofche, dentro de un juicio abreviado, Fausto Huala realizó una ampliación de su declaración en el marco de una indagatoria por el asesinato de Rafael Nahuel. Lo que figura tanto en su ampliación de declaración como en la sentencia en suspenso que recayó en su contra, no se limita a comprometer su nombre sino que también atenta contra un número “indeterminado” de personas (mapuche); peor aún, en la declaración que firmó Fausto Huala se reconoce que él, junto a un número indeterminado de personas, fueron los que comenzaron la agresión en contra de los Prefectos de la Prefectura Naval Argentina. ¿Cómo este número indeterminado de personas se puede convertir en nuevos personajes dentro de “la película” que viene proyectando el Ministerio de Seguridad de la Nación en torno al asesinato de Rafael Nahuel y en contra del Pueblo Mapuche? ¿Hay posibilidades de que antes de que comience el juicio oral aparezca una nueva “arma homicida”? ¿Fausto Huala y el número indeterminado de personas fueron sobreseídos de la acusación de ‘Homicidio’ que proponen los defensores de los Albatros? ¿Puede el Pueblo Nación Mapuche ser sobreseído de la acusación histórica que lo persigue?

Kiñe | Uno

El testigo protegido

En agosto de 2017 entrevisté al fotoperiodista chileno Felipe Durán (véase “Desde adentro, mostrar lo que realmente pasa”). En su paso por el Puel Mapu, Durán me advirtió sobre la figura del testigo protegido, una falsa y perjudicial figura jurídica que hasta el momento no se había registrado en la Argentina:

“Peralino era una persona que no estaba bien de su cabeza. Tiene problemas psicológicos y allá la mayoría de los teléfonos de la gente están intervenidos. La mayoría de los sectores donde se está luchando, desde la gente que está haciendo comunicación, desde los peñis que están en lucha, son intervenidos; constantemente se escucha las conversaciones de la gente. Entonces él, en un momento, llamó a su polola (novia) y, para hacerse el simpático, dijo que él había hecho una acción que consistió en voltear una torre. Había caído una torre cerca,y él le dijo a su polola que había sido él. Y como la policía estaba escuchando, fueron hasta él con esa grabación, lo amenazaron y le dijeron: ‘nosotros te vamos a tener tantos años presos’. Y él era una persona débil y creyó, sintió miedo y lo hicieron firmar una declaración. La fiscalía creó un relato donde supuestamente había habido una reunión antes de quemar la casa, y supuestamente habían participado tantas personas y él había estado ahí. Y ahí armaron todo el cuento. Entonces, desde esa mentira, armaron todo este cuento y metieron mucha gente a la cárcel. Después esta persona se desdijo. Los peñis nunca tuvieron mala onda con él.  Al contrario, lo ayudaron porque entendieron que él era una víctima más de esta forma de operar. Y es una constante que ocupan allá: el testigo protegido, el intimidar, el ver a la gente que es débil, que está alrededor.”

Y si bien en su declaración Fausto Huala no acusa directamente a nadie en particular, el poder judicial contextualiza su declaración afirmando que el número de personas que había en el lugar de los hechos era indeterminado y que ese número indeterminado de personas había comenzado a atacar a los Prefectos de la Prefectura Naval (Albatros).

“Se advierte la existencia de una uniformidad en el suceso, un solo pragma conflictivo compuesto por el atentado contra las fuerzas de seguridad en el que el imputado tomara parte y en el marco del cual falleciera Rafael Nahuel Salvo. Fue en ese mismo contexto, y tras finalizado el episodio, que los miembros del Grupo Albatros descendieron de la montaña que custodian, ocasionando la pérdida de posesión de la misma y que esta fuese recuperada en su dominio por el grupo que se había escondido en la parte alta del lugar y con el cual Jones Huala participara en el enfrentamiento. Aquella violencia (la desplegada durante el atentado que se le atribuye) no es sino el medio a través del cual el grupo entendía lograr despojar al Grupo Albatros del poderío que ejercía –por orden del Juez Federal– sobre el predio, pese a que el nombrado no pretendía reivindicar, el mismo, la posesión sobre el lugar.”

En relación a ésta última oración es necesario mencionar la estrategia que pretende y expuso durante la última audiencia judicial (audiencia de impugnación) la defensa de los prefectos, quienes intentan sostener la parcialidad con que investigó y perició el juez Leónidas Moldes la escena del crimen; una parcialidad que impidió, según estos abogados, que se hallarán las armas que supuestamente portaban los jóvenes mapuche. Si el Ministerio de Seguridad de la Nación contó con la infraestructura, los recursos y la impunidad para ‘plantar’ el cuerpo de Santiago Maldonado en el río Chubut, ¿cuánto le puede constar a gendarmería y a la policía de Río Negro ‘plantar’ un arma en el predio donde le dispararon a Rafael Nahuel? ¿Acaso cuando lo obligaron (por medio de la persecución, la opresión y la amenaza) a Fausto Huala a firmar una declaración en donde se reconoce el inicio de la agresión y el número indeterminado de personas no se intenta con esto sobreseer a los prefectos bajo la teoría de la legítima defensa?

Epu | Dos

El juicio abreviado y la acusación por agresión a la autoridad

Al reconocer Fausto Huala (representado por el abogado Matías Schraer) que agredió a los prefectos, no sólo reconoce tal cosa, sino que además reconoce haber comenzado la agresión, y que esa agresión se produjo con piedras y lanzas de revoleo, en conjunto con un grupo de personas indeterminado. Y si bien la condena en su contra quedó en suspenso, resulta ser tenue e ínfima al lado de la película que puede llegar a crear y proyectar el Ministerio de Seguridad de la Nación en contra del Pueblo Nación Mapuche. Lo indeterminado no sólo permitirá sostener la teoría del enfrentamiento, absolviendo a los prefectos como consecuencia, sino que además habilitará también al Ministerio de Seguridad y al Poder Judicial de Río Negro a inculpar y procesar a otros jóvenes mapuche cercanos a la causa, como ya ha ocurrido en Ngulu Mapu con la Machi Francisca Linconao y el Machi Celestino Córdova.

“En esa pieza procesal, la representante del MPF señaló que el día 25 de noviembre de 2017, pasadas las 16:00 hs, en un lugar no determinado de la cima del predio sitio en el km. 2006 de la Ruta Nacional 40 sur, propiedad de la Administración Nacional de Parques Nacionales, Fausto Horacio Jones Huala –junto a un grupo no determinado de personas– atacó (mediante la utilización de armas, al menos, de piedras y lanzas) a la patrulla compuesta por efectivos de Prefectura Naval Argentina que se encontraba en el lugar realizando tareas de reconocimiento de la zona. Dicha conducta fue calificada legalmente como constitutiva del delito de atentado a la autoridad agravado por haberse cometido con armas (arts. 237 en función del 238 inciso 1). La misma fue atribuida al imputado Fausto Horacio Jones Huala en calidad de coautor (art. 45 del C.P).”

De este documento firmado por Huala y por la Fiscal Federal Sylvina Little, se desprenden dos contradicciones: la primera es que se afirma que el Grupo Albatros se encontraba en un contexto de “reconocimiento de zona” cuando fueron atacados, hecho que se contradice con lo expuesto en la audiencia de impugnación (véase “A Rafael lo dejaron morir”), ya que los defensores de los prefectos nunca pudieron confirmar por qué y a partir de qué situación en particular los prefectos ingresaron al predio. En cambio ellos sí fueron contundentes en afirmar que los Albatros tenían explícitas órdenes de custodiar la entrada y no dejar que entre ni que salga nadie del predio. ¡Nunca se habló de reconocimiento de zona! En segundo lugar, pareciera que el Ministerio de Seguridad y los defensores de los Albatros están al acecho de las dos teorías. Por un lado, se sostiene la utilización de armas por parte de los jóvenes mapuche, hecho que favorecería a los prefectos con  la teoría de la legítima defensa. Por otro lado, se intenta sostener que los jóvenes tenían pólvora en sus manos y que por lo tanto ellos pudieron ser los responsables de la muerte de Rafael Nahuel. En este contexto, no es menor la carátula que señala a Fausto Huala como coautor. La particularidad de la coautoría es que no recae sobre todas las personas comprometidas por una misma acción o responsabilidad; la coautoría de un crimen indica que dos o un grupo indeterminado de personas aportó distintas acciones para que se cometiera el delito; sin el aporte de todas las partes el delito no se puedo haber cometido. Siguiendo esta lectura será necesario determinar quiénes están dentro de ese grupo indeterminado de personas profundizando en la “investigación”. ¿Y qué organismo es el encargado de llevar adelante la profundización de esta investigación?

Por distintos medios se intenta sostener la teoría del enfrentamiento. La contextualización de la ampliación de la declaración de Fausto Huala fue firmado por Leónicas Moldes.

Küla | Tres

La ampliación de declaración de Fausto Huala fue breve, incluso pareciera resumida y cortada; más que un documento público parece un testimonio editado y retocado. ¡El relato se detiene en las partes donde es necesario esclarecer! ¿Cuál es el sentido entonces de una ampliación de declaración?

“Lautaro había llegado antes del desalojo del 23 de noviembre de 2017 a la comunidad Winkul Lafken Mapu de Villa Mascardi para ver a la machi ya que estaba en busca de plantas medicinales (lawen) para poder realizar una ceremonia tradicional de curación de nuestro pueblo. Creo que entre las cosas que le secuestraron a Lautaro habían una lista de las plantas que andaba necesitando. Cuando me enteré de lo que había sucedido el día del allanamiento, yo sabía que Lautaro estaba en el predio y al pasar las horas y no saber nada de él comencé a preocuparme y tomé la decisión de ir hasta el lugar a buscar a mi compañero. Como ya dije, yo pertenezco a otra comunidad y nunca fue mi intención permanecer en el predio de Mascardi. Después de lo que pasó con Rafael, junto con Lautaro, tomamos la decisión de bajar el cuerpo y entregarnos pacíficamente para que lo atiendan y así intentar salvarle la vida, pero lamentablemente no se pudo”.

Cuando en este último fragmento del relato Fausto Huala resume de forma resignada “pero lamentablemente no se pudo”, no continuó hablando (entendiendo que es el poder judicial quien se encarga de transcribir) y por lo tanto no menciona un dato que resulta de vital importancia para la causa: desde el momento que Rafael Nahuel es bajado del cerro, quedó tirado en el asfalto de la ruta 40 durante un lapso de seis horas y media. Un dato que no resulta menor entendiendo que los encargados del procedimiento, y por lo tanto los responsables de impedir que Rafael fuera atendido, fueron los prefectos del Grupo Albatros. Incluso en su primera declaración Fausto Huala aclara que cuando bajan (él y Lautaro) del cerro con el cuerpo de Rafael ya había una ambulancia en la ruta.

Meli | Cuatro

El informe del Ministerio de Seguridad de la Nación

Como ya fue mencionado en una crónica anterior (véase “A Rafael lo dejaron morir”), el Ministerio de Seguridad de la Nación expone en su informe que existen lanzas, y una serie de agujeros que corresponderían a armas de alto calibre. Lo cierto es que, en el caso de las lanzas, se trata de una sola y no se trata de una lanza, más bien se trata de una caña coligue con un banderín plegado en una de las puntas (como la que porta el niño en la foto de portada de esta crónica). Por su parte, los agujeros de alto calibre en los troncos de los árboles no son producto de los impacto de municiones de guerra, más bien se trata de nidos de pájaros carpinteros (véase “Los nidos de los pájaros carpinteros que Patricia Bullrich no interpretó”). A pesar de estos absurdos judiciales, tanto en la ampliación de declaración como en la sentencia en contra de Fausto Huala se menciona dos veces la palabra ‘enfrentamiento’ y se sigue sosteniendo el uso de armas; armas que no fueron encontradas. Simplemente el poder judicial se limita a indicar: “mediante la utilización de armas, al menos, de piedras y lanzas”. De esta forma queda en evidencia una vez más la necesidad de forzar el testimonio y los elementos probatorios para justificar la teoría de un enfrentamiento (inexistente); enfrentamiento que se intenta sostener con armas de guerra que no fueron halladas; armas de guerra que supuestamente fueron portadas por un grupo de personas indeterminado que puso en peligro la integridad de los prefectos armados con fusiles y equipamiento de última generación.

Kechu | Cinco

Cuando las balas estallan cerca de una machi

De los 314 disparos efectuados por los Prefectos de la Prefectura Naval uno impactó contra el primo hermano de una machi que intenta levantarse y fortalecerse en este territorio. La machi es mencionada en la primera declaración, y en la ampliación de declaración de Fausto Huala. ¿Por qué para el Ministerio de Seguridad de la Nación puede ser un golpe estratégico judicializar, procesar y encarcelar a una machi? Si la machi es una figura de transmisión cultural para el Pueblo Nación Mapuche, ¿cómo puede repercutir en términos estratégicos que se la encierre en una cárcel, alejándola de su territorio y de su rewe, como ya lo han hecho con Celestino Córdova y la machi Francisca Linconao?

Las balas estallan cerca de una machi, hieren a un hermano, espantan los queltehues. En el suelo de un mawiza kilos de metal se transforman en humo o en un parque recreativo. No hay testigos, no hay voces que puedan relatar el trayecto de las balas. Las balas estallan cerca de una machi, pero contradictoriamente, es la misma machi la culpable. Sin rewe, sin territorio, la machi no reconoce las voces de los ngen. Las palabras del río y el lafquen se le escapan, como se escapa su vida junto a las injurias que dibujan la minúscula habitación en la que intentan encerrarla, como si de esa forma pudieran encauzar y reprimir su kimün y rakizuam; como si de esa forma pudieran reprimir los sueños que de ella se desprenden hacia un pueblo vivo que escucha y se levanta erguido como se levanta erguido un niño que sostiene una caña colihue.

¡Nunca el Pueblo Nación Mapuche será sobreseído de la persecución histórica a la que es sometido! El Estado Nacional Argentino y las leyes constitucionales que lo constituyen se han forjado para defender el despojo y el destierro de las comunidades originarias que aún habitan estas tierras. Cuando los jóvenes sean sobreseídos de las presentes acusaciones, nuevos escenarios criminales caerán sobre ellos. El Ministerio de Seguridad de la Nación no descansará hasta ver a las mayores autoridades del Pueblo Nación Mapuche encerradas, procesadas y sometidas a las falsas y absurdas causas que ellos mismos se encargan de filmar con las cámaras que están en los cascos de sus soldados. Los procesos judiciales no empiezan ni concluyen en esta causa, el Pueblo Nación Mapuche tiene 140 años padeciendo persecución, homicidios por la espalda e impunidad. Aunque si es verdad, el rostro y el caso de Rafael Nahuel ha dejado en evidencia que los jóvenes víctimas de gatillo fácil que habitan las periferias de las ciudades mantienen un vínculo directo con el genocidio originario de este Estado; representan los nietos y las nietas de los kuyfikeche (antiguas autoridades ancestrales) que aún el Estado argentino mantiene en cautiverio encerrados dentro del Museo de La Plata. Mientras el Ministerio de Seguridad se encarga de proyectar el relato del mapuche terrorista 2.0, se dibuja en la sombra de las cárceles de la Argentina la figura de un choike que intenta escapar de un hacinamiento perpetuo. Las figuras de testigos protegidos y presos políticos representarán los nuevos protagonistas de la película bélica que filma y proyecta el Ministerio de Seguridad (y Propaganda) de la Nación sobre la ciudadanía; una película bélica que, como antaño, sólo produce bajas de un lado de la disputa.