Organizaciones indígenas e instituciones de la sociedad civil se pronunciaron a favor de que los candidatos a la presidencia sienten posición a favor del derecho a la consulta previa y se comprometan a respetar los derechos de los pueblos indígenas u originarios del país.

Entre las que se pronunciaron se encuentran las organizaciones indígenas Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas (ONAMIAP). Asimismo, el Instituto de Defensa Legal (IDL), reconocida asociación dedicada a la defensa de los derechos humanos.

El Instituto de Defensa Legal (IDL)

El Instituto de Defensa Lgeal recordó que el gobierno peruano emitió la Ley 29785, Ley de Consulta Previa, en setiembre de 2011, e indicó que con esta ley intenta saldar la deuda histórica con los pueblos indígenas en el Perú.

Sostuvo que «no hay argumentos jurídicos, sociales y/o políticos válidos para que el Estado incumpla con el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, bajo ningún supuesto. Hacerlo implica una violación del ordenamiento jurídico constitucional y al ordenamiento jurídico internacional

Reafirmó que las propuestas «deben ir en el sentido de dar real cumplimiento a este y otros derechos de los pueblos indígenas, buscando cerrar las brechas de la discriminación y las asimetrías de poder.» concluyó.

Institucionalidad pendiente

La Organización Nacional de Mujeres Indígenas ONAMIAP, instó a los candidatos «a escuchar las propuestas indígenas y a plantear las suyas respetando nuestra existencia, cultura, cosmovisión, historia y estilo de vida

Asimismo, les demandaron «comprometerse con la defensa de nuestros derechos, que no son una dádiva sino que han costado y siguen costando la vida y la libertad de muchos hermanos y hermanas indígenas. La masacre de Bagua es prueba de esto» indicaron.

La ONAMIAP pidió específicamente qie los candidatos se pronuncien sobre la propuesta de institucionalidad que es la creación de un Ministerio de Pueblos Indígenas, tal como lo ha hecho el Estado chileno recientemente.

Finalmente, instó a los candidatos a dar a conocer sus propuestas «para hacer realidad el plan de equidad de género y dotarlo de un enfoque intercultural. Estos dos enfoques, intercultural y de género, deben estar presentes en todas las políticas públicas, por ello demandamos el compromiso de los candidatos para que esto sea posible«.

AIDESEP: «Ponerse al día en derechos»

Por su parte, la principal organización amazónica del Perú, AIDESEP, rechazó categóricamente a los candidatos que se atrevan a insinuar que “no implementarán” o “reinterpretarán” algunos de esos derechos ya ganados por el movimiento indígena, como por ejemplo la consulta previa.

Exigió que se aplique el Convenio 169-OIT para decidir y controlar que tipo de “desarrollo” queremos como comunidades y acceso equitativo a los beneficios del mismo.

Asimismo demandó que el Perú se ponga al día en los derechos políticos parlamentarios para los pueblos indígenas, como hace décadas lo hace Colombia y también Bolivia, «para lo cual debe establecerse el distrito electoral nacional indígena«.

De esa manera entre la ciudadanía indígena «podamos escoger y elegir una representación al congreso nacional, sin estar siempre bloqueados y marginados por la votación de las grandes ciudades alejadas del mundo amazónico y andino» indicó AIDESEP.

Foto www.albertg.net

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Pronunciamiento del Instituto de Defensa Legal.
Candidatos a la presidencia deben sentar posición sobre consulta previa a pueblos indígenas

A raíz de las declaraciones de un candidato a la Presidencia de la República, que expresó que dejaría sin efecto el derecho a la consulta previa, se ha generado un debate y el ofrecimiento de algunos candidatos a darle mayor énfasis y procurar su debida implementación. Al respecto expresamos lo siguiente:

  1. El Perú es sin duda un país indígena, de acuerdo a la información de la CEPAL, aproximadamente 35% de la población en el Perú pertenece o proviene de comunidades campesinas y comunidades nativas.
  2. El Perú es un país interesado en el desarrollo de mega proyectos de infraestructura y tiene una economía basada en las industrias extractivas; justamente para compatibilizar el derecho empresarial con los derechos colectivos de los pueblos indígenas al territorio y a los recursos naturales, existe el derecho a la consulta previa.
  3. El derecho a la Consulta Previa ha sido reconocido por el Perú a través de la ratificación del Convenio 169 de la OIT (artículos 6 y 15) el 2 de febrero de 1995 y es de cumplimiento obligatorio en todo el país.
  4. El Derecho a la Consulta Previa permite al Estado encausar los conflictos con las comunidades campesinas y comunidades nativas por las vías institucionales, con sus aciertos y desaciertos, la consulta previa es un mecanismo que puede posibilitar el diálogo, puede permitir concretar el respeto de derechos de la población indígena y puede permitir concretar acuerdos entre el Estado y las comunidades.
  5. El gobierno peruano emitió la Ley 29785 (Ley de Consulta Previa), en setiembre de 2011, el actual presidente del Perú Ollanta Humala, indicó en su momento que esta ley intenta saldar la deuda histórica con los pueblos indígenas en el Perú. La ley fue saludada por las organizaciones indígenas del Perú, los organismos internacionales y otros Estados de América Latina. Se indicaba en ese entonces, que con esta ley el Perú se colocaba en la vanguardia de respeto de derechos indígenas en la región.
  6. En consecuencia, no hay argumentos jurídicos, sociales y/o políticos válidos para que el Estado incumpla con el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, bajo ningún supuesto. Hacerlo implica una violación del ordenamiento jurídico constitucional y al ordenamiento jurídico internacional. Por el contrario, las propuestas deben ir en el sentido de dar real cumplimiento a este y otros derechos de los pueblos indígenas, buscando cerrar las brechas de la discriminación y las asimetrías de poder.

 

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