La CIDH emitió 48 recomendaciones al gobierno colombiano para garantizar los derechos de los manifestantes durante el Paro Nacional y propuso crear un mecanismo especial de seguimiento para apoyar a las víctimas de la violencia de Estado y a las organizaciones sociales que defienden los derechos humanos.

Antonia Urrejola Noguera, comisionada de La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dio a conocer durante la rueda de prensa de este lunes 7 de julio, las recomendaciones que hace al Estado colombiano, tras dialogar con distintos sectores sobre lo que se ha presentado en el Paro Nacional, que inició el pasado 28 de abril. 

El organismo internacional encargado de velar por el cumplimento de los Derechos Humanos, estuvo en territorio colombiano, entre el 8 y el 10 de junio pasado, después de que diversas organizaciones y ciudadanos solicitaran su presencia a través de las redes sociales, debido a los múltiples casos de violación de derechos humanos de la Fuerza Pública (Policía Nacional y el Escuadrón Móvil Antidisturbios) contra los manifestantes.

Según Indepaz y la Ong Temblores, 44 asesinatos en el marco de las manifestaciones del Paro Nacional, registran 73 personas fallecidas, de las cuales, 44 estarían presuntamente relacionadas con el accionar de la fuerza pública.

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La CIDH publicó un comunicado con más de 185 puntos, en el que reconoce que hay un uso excesivo por parte de la Fuerza Pública en las manifestaciones, que hay evidencia clara de agresiones físicas, psicológicas y sexuales contra diversos sectores de la población manifestante, incluidos menores de edad, mujeres, comunidades indígenas y afros, periodistas y misiones médicas.

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Además, la CIDH cuestiona y rechaza el asesinato de los manifestantes y de los líderes sociales, la desaparición de los jóvenes durante las protestas, la retención ilegal, el perfilamiento étnico-racial y de género.  Aclara que, a pesar de las exigencias de los manifestantes, las cuales se vinculan con reivindicaciones estructurales e históricas de la sociedad colombiana, que a su vez están consignadas en la Constitución Política de 1991 y los Acuerdos de Paz de 2016, el Estado colombiano no les ha dado solución, y que abordan temas como el derecho a la educación, a la cobertura en salud, a la alimentación y al acceso al trabajo.

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A estos hechos se suma el despojo de los campesinos de sus tierras, la inequidad en la distribución de la riqueza, la pobreza, la pobreza extrema y los altos niveles de violencia e impunidad y, enfatiza, que en el 2020 la pobreza monetaria alcanzó el 42.54%; mientras que la pobreza monetaria extrema fue de 15%. 

Por otra parte, la Comisión repudió las violencias generadas por los manifestantes contra la fuerza pública y contra los bienes públicos, e indicó que existe la posibilidad que organizaciones ilegales y narcotraficantes, utilicen la situación que se vive en Colombia para ampliar sus redes ilegales.

El organismo internacional emitió 48 recomendaciones, que a continuación resumimos.

Recomendaciones generales:

  1. Fortalecer la garantía y protección de los manifestantes, las comunidades indígenas, afro y LGBTIQ+, particularmente los derechos a la salud, a la alimentación, a la educación, al trabajo y a la seguridad social, con un enfoque de igualdad y no discriminación, participación ciudadana y rendición de cuentas que favorezcan la inclusión social y la creación de oportunidades.
  2. Adoptar las disposiciones necesarias para garantizar la vida, integridad personal y seguridad de todas y cada una de las personas que dialogaron y testificaron.
  3. Establecer un diálogo que permita acoger y acordar medidas con todos los participantes del Paro Nacional. 

La protesta social: 

  1. El Estado debe respetar y garantizar el pleno goce del derecho a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de toda la población.
  2. Los funcionarios públicos deben abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen o inciten a la violencia contra las personas que participan de las manifestaciones y protestas, en especial jóvenes, pueblos indígenas, personas afro descendientes, mujeres, personas LGBTI y personas defensoras de derechos humanos.

El uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en las protestas:

  1. Reforzar y reestructurar los procesos de formación, entrenamiento y capacitación de las personas integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo un enfoque étnico-racial y de género, así como, sobre los derechos de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas. 
  2. Separar a la Policía Nacional y el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) del Ministerio de Defensa, con el fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad con un enfoque ciudadano y de derechos humanos, y evite toda posibilidad de perspectivas militares.
  3. Asegurar que las fuerzas de seguridad que intervengan para proteger y controlar el desarrollo de las manifestaciones y protestas tengan como prioridad la defensa de la vida y la integridad de las personas, absteniéndose de detener arbitrariamente a manifestantes o de violar sus derechos en cualquier otra forma, de acuerdo con los protocolos vigentes.
  4. Implementar, de manera inmediata, mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas.

Violencia basada en género durante las protestas:

  1. Adoptar las medidas necesarias para reforzar los mecanismos de acceso a la justicia para mujeres, niñas y personas LGBTI, víctimas de violencia de género en el contexto de las protestas sociales, incluyendo mecanismos de denuncia, atención, investigación y reparación con perspectiva diferenciada, de proximidad y de atención por personal especializado.

Violencia basada en discriminación étnico-racial (indígenas, Personas Afro descendientes y Comunidades tribales):

  1.  Adoptar todas las medidas razonables y positivas necesarias para prevenir, eliminar y revertir o cambiar las situaciones discriminatorias que perpetúen la estigmatización, los prejuicios, las prácticas de intolerancia y la criminalización contra las personas por su origen étnico-racial, identidad de género, situación migratoria, origen nacional o cualquier otra situación que obre en el deterioro de su dignidad humana.

El uso de la figura de traslado de protección y desaparición de personas:

  1. Tomar las medidas necesarias restringir el uso de la figura del traslado por protección a situaciones de debilidad o vulnerabilidad, circunstancial o permanente de personas en concordancia al Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana. Así mismo, abstenerse de utilizar dicha figura policial de manera generalizada en el marco de las protestas y manifestaciones.
  2. Garantizar el derecho al debido proceso a las personas que hayan sido detenidas en el marco de las protestas.
  3. Asegurar que los familiares de personas detenidas y, en su caso sus representantes legales, tengan acceso a toda la información sobre el proceso de detención.
  4. Liberar en forma inmediata a quienes hayan sido detenidos en forma arbitraria o injustificada y aún se encuentren privados de la libertad.
  5. Crear una comisión especial para dar con el paradero de las personas.

Asistencia militar y la aplicación de la jurisdicción penal militar:

  1. Asegurar que el fuero militar sólo sea utilizado para juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que, por su propia naturaleza, atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar y no en casos que afecten o violen los derechos de los ciudadanos.

Protección a periodistas, a la libertad de expresión y el acceso a Internet:

  1. El Estado debe garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión de conformidad con los estándares interamericanos, en particular, mediante la protección de los periodistas, comunicadores y trabajadores de los medios frente a persecuciones, intimidaciones, hostigamientos, agresiones de cualquier tipo, y mediante el cese de acciones estatales que intervengan con el libre funcionamiento de los medios de comunicación.
  2. Asegurar el respeto de la independencia de los medios y abstenerse de aplicar formas directas o indirectas de censura. 
  3. Garantizar que tanto los medios de comunicación como los ciudadanos tengan acceso a la información y al internet para poder dar conocer lo que sucede durante las manifestaciones.

 

¿Qué respondió el Gobierno a las recomendaciones de la CIDH?

El presidente Iván Duque, junto a la vicepresidenta y canciller Martha Lucía Ramírez, agradecieron que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resaltó la institucionalidad y la separación de poderes. No obstante, rechazaron algunos puntos del documento, como la creación de un diálogo entre todas las partes, el reconocimiento de las exigencias de los colombianos son de vieja data.

Ante esta sugerencia el primer mandatario indicó que “nadie puede recomendarle a un país ser tolerante con actos de criminalidad” y, agregó, que el Estado Colombiano “ha sido respetuoso de la protesta pacífica, como una expresión de la ciudadanía, pero los actos de vandalismo, de terrorismo urbano de baja intensidad, los bloqueos que atentan con los derechos de los ciudadanos, están siendo enfrentados con la constitución y la ley”, e insistió en que “los bloqueos han atentado contra los derechos colectivos”.

Otro de los puntos que no consideró viable el presidente Duque, es la separación de la Policía Nacional y el ESMAD del Ministerio de Defensa. Además, “[la Policía] está en el Mindefensa para tener esa coordinación armónica en todas las fuerzas, y para cumplir labores de carácter humanitario y de protección”, dijo el mandatario.

El ejecutivo adicionó que “la Policía Nacional no usa armas de fuego letales en el marco de las manifestaciones, sólo puede estar dotada de cascos, escudos y bastones”, en respuesta las consideraciones emitidas por la CIDH y, según el comunicado de la Cancillería, la intervención de la Policía y el ESMAD, ha sido en contadas ocasiones y se lleva a cabo después de un análisis de “los principios de la legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad y razonabilidad”.

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Como referencia al uso de la fuerza institucional en el marco del Paro Nacional, uno de los puntos que más preocupación le causó a los organismos defensores de derechos humanos, según la Cancillería, la intervención de la Policía y el ESMAD en la protesta social ha sido “excepcional” y ha estado sujeto al “previo análisis de los principios de la legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad y razonabilidad”, para que la institución intervenga.

Sobre la violencia institucional ejercida a mujeres y población LGBTIQ+ durante el Paro Nacional por la Policía y el ESMAD, uno de los puntos cuestionados por la CIDH, el ejecutivo a través de la Cancillería, envió una carta al organismo, en la cual indica que el país tiene políticas públicas que protegen los derechos de grupos étnicos y población LGBTIQ+ y, añadió, que “no puede haber ni ha habido ningún tipo de tolerancia frente a la violencia contra estas poblaciones. Aquellos posibles casos de discriminación son objeto de tutela y de investigación por parte de las autoridades”.

Finalmente, el gobierno nacional negó la propuesta de la creación de un mecanismo especial de seguimiento para los Derechos Humanos en Colombia, con el cual se espera apoyar a las víctimas y organizaciones de la sociedad civil que denuncian los derechos humanos, al considerar que en Colombia ya hay 20 agencias que vigilan los derechos humanos.