El juez López Picabea impidió que representantes de los organismos pudieran visitar Agustín Santillán, detenido sin condena y criminalizado por la reivindicación histórica del territorio ancestral indígena.

El martes pasado, el juez de Instrucción y Correccional de Las Lomitas en la Provincia Formosa, Marcelo López Picabea, impidió que representantes de Amnistía Internacional, APDH y CELS pudieran realizar una visita al líder indígena wichí, quien se encuentra privado de su libertad de manera preventiva, hace más de 5 meses, en un contexto de criminalización por defender los derechos de su comunidad.

Sobre Agustín Santillán

Agustín Santillán es un dirigente indígena wichí que fue imputado en 28 causas penales que incluyen la intimidación pública, instigación a cometer delitos, asociación ilícita, amenazas, lesiones, agresión y usurpación, las cuales tienen origen, entre otras razones, en la reivindicación histórica del territorio ancestral. No pesa sobre él ninguna condena. Agustín fue detenido el 14 de abril tras ser acusado de participar en una serie de incidentes (robo y saqueo de viviendas y comercios) de los que no habría siquiera presenciado. Hasta ese momento las causas penales previas se encontraban sin movimiento. Luego de su detención, las mismas comenzaron a reactivarse.

Visita a la cárcel

El pedido de visita por parte de las organizaciones fue presentado con una semana de anticipación y cumpliendo los requerimientos formales solicitados por el juez. La visita tenía como objetivo conversar con Agustín y tomar conocimiento concreto de las condiciones de su detención así como de su estado de salud. Sin embargo, el mismo día fijado para la visita, y tras una espera de dos horas en la puerta del juzgado, el juez rechazó el ingreso tras sostener que dado que ya había sido visitado por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, la visita constituiría “una reiteración de las acciones ya llevadas a cabo” por los funcionarios del Estado.

Además de demostrar un profundo desconocimiento de la clara diferencia entre el rol institucional de los organismos estatales y el rol de las organizaciones no gubernamentales de promoción y protección de los derechos humanos, la decisión del juez se aparta de los estándares básicos de derechos humanos en materia de condiciones de detención y protección de defensores de derechos humanos. De acuerdo a la Declaración de Naciones Unidas los defensores de derechos humanos, tienen derecho a dirigirse sin trabas a las organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales y a comunicarse con ellas.

La negativa, asimismo, conlleva una clara violación del derecho de defensa de Agustín Santillán a quien se le impidió ser escuchado por las organizaciones de derechos humanos que reclaman por su libertad.

Esta arbitraria denegación constituye un indicador más del proceso de hostigamiento y persecución que las autoridades de la provincia de Formosa vienen llevando adelante contra el líder indígena Agustín Santillán.

Las autoridades de la Provincia de Formosa y en particular, las autoridades judiciales del departamento judicial de Las Lomitas, deben abstenerse de adoptar medidas que impactan de manera negativa en las condiciones de detención de Agustín Santillán.

Amnistía Internacional | Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) | Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)