Por Eric Eduardo Palma*

El 4 de septiembre de 2022 el pueblo de Chile decidirá el camino que quiere recorrer en las próximas décadas. Una nota distintiva del nuevo escenario institucional es el reconocimiento y fomento de la participación, aspecto de gran importancia en los distintos niveles educativos.

Hay muchos que creen que la participación y la coyuntura constituyente fue posible por el estallido social, algo de razón tienen en ello, pero, sería injusto no atribuirlo también a un largo proceso de defensa de ideales, luchas, y toma de conciencia sobre los derechos del pueblo en un auténtico sistema democrático. En esa lucha solitaria, frustrante a ratos, dolorosa las más de las veces, destaca, entre otras y otros, el médico cirujano Edgardo Condezza Vaccaro. Para personas como él escribió el gran Bertolt Brecht: “Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay otros que luchan un año y son mejores. Hay quienes luchan muchos años, y son muy buenos. Pero los hay que luchan toda la vida: esos son los imprescindibles”.

Edgardo vivió el exilio, se radicó en Colombia y Argentina. Impedido de regresar recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que, en marzo de 1985, en plena dictadura, resolvió: “1. Declarar que el Gobierno de Chile ha violado el derecho de residencia y tránsito del señor Edgardo Condezza Vaccaro consagrado por el artículo VIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre al impedir su regreso a ese país del cual es ciudadano. 2. Declarar que el Gobierno de Chile ha violado el derecho al debido proceso y el derecho a la justicia del señor Edgardo Condeza Vaccaro, consagrados en los artículos XXVI y XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, respectivamente”. Se trata, claro está, de un fallo histórico (que no ha tenido hasta ahora suficiente reconocimiento), de un significativo aporte: Edgardo transitó una senda que ha sido recorrida más tarde por abogadas y abogados defensores de derechos humanos.

En mayo de 1986, luego de doce años de proscripción, y de reiteradas peticiones de ingreso dirigidas al Gobierno con efecto negativo, el doctor Condezza ingresó a Chile y se presentó ante la Corte de Apelaciones exigiendo se respetará su derecho a vivir en su patria. Su valentía fortaleció la lucha ciudadana por el término del exilio en la medida que tuvo una amplia cobertura en la prensa y suscitó importantes apoyos políticos y ciudadanos. El 1 de septiembre de 1988 la dictadura puso término al exilio.

Desde entonces el ciudadano Condezza Vaccaro viene aportando a la política chilena, con ánimo de impactar en la cultura constitucional, un ideario y práctica política según la cual: 1. El poder público debe respetar el ejercicio cabal de los derechos humanos. 2. No puede pretender el monopolio del ejercicio del poder político, lo que implica superar la democracia representativa complementándola con mecanismos de democracia directa (plebiscitos, iniciativa popular de ley, revocatoria de mandato popular ante corrupción, incompetencia o incumplimiento de promesas electorales). Es así como desde Concepción inició una auténtica “cruzada” por legitimar y profundizar el mecanismo de la consulta ciudadana y del plebiscito instalando la participación ciudadana como medida de legitimidad del sistema político institucional.

Como presidente del Movimiento por la Consulta y los Derechos Ciudadanos contribuyó a crear consciencia de la importancia de incluir la democracia directa en la Constitución: “Con este Movimiento y junto a centenares de personas organizaron Consultas Ciudadanas en 25 ciudades” (nuestrarepublica.org). En carta publicada a propósito de una columna de Ciper expresó Condezza en abril de 2019: “La primera Consulta Ciudadana la hicimos en el año 1987 con el Comité de Elecciones Libres: en Concepción y otras comunas de la región del Bío Bío. En ella participaron alrededor de 50.000 personas. Iniciamos este Movimiento por la Consulta y los Derechos Ciudadanos: hace diez y siete años. Nos sentimos felices y orgullosos que una de las ideas fundamentales en que se basa nuestro Movimiento: la Consulta a la Ciudadanía, haya logrado abrirse camino e incorporado en la conciencia social […] Junto con la Municipalidad de Concepción: realizamos una Consulta en la región del Bio-Bio para preguntar la opinión a los ciudadanos sobre la privatización del agua potable, ESSBIO. Sufragaron con su carné de identidad: 136.783 personas. El 99,01 % se manifestó en contra de la privatización. Sin embargo, se privatizó y ha traído muy malas consecuencias para los habitantes [..,] Le hemos solicitado a la y los 5 Presidentes de Chile, desde el año 1990, que presenten un proyecto de ley que permita que los ciudadanos reuniendo institucionalmente un cierto porcentaje de firmas queden facultados para requerir al poder ejecutivo la realización de plebiscitos vinculantes, regionales y nacionales. Tenga usted la seguridad: que juntos obtendremos que el Plebiscito esté en la Constitución y la Ley […]”.

La cultura de la participación incidente y vinculante que consagra el proyecto de nueva Constitución, y que impactará en el mundo de la educación, no es un fruto espontáneo. Es obra de acciones individuales y colectivas, de liderazgos personales avalados por movimientos de ciudadanas y ciudadanos, y que han venido manifestándose por décadas en el país. Hace 35 años, por identificar un hito, Edgardo y su colectivo abrieron otro camino, tan significativo como el abierto en su lucha contra el exilio, el de la democracia directa.

El proyecto de nueva Constitución establece el mecanismo del plebiscito a nivel comunal, regional y nacional; establece el presupuesto participativo, la iniciativa popular de ley, la iniciativa de derogación e incluso la iniciativa de reforma constitucional. De acuerdo con el artículo 386 se consagra la posibilidad de una Asamblea Constituyente “convocada por medio de un referéndum. El referéndum constituyente podrá ser convocado por iniciativa popular”; y dispone como principio base: “Artículo 2. 1. La soberanía reside en el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones. Se ejerce democráticamente, de manera directa y representativa, reconociendo como límite los derechos humanos en cuanto atributo que deriva de la dignidad humana”.

¡Estimado Edgardo, corresponde ahora que se pronuncien los pueblos de Chile!

 

*Autor y Director de Aula Magna, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.