Resumimos la legislación sobre el aborto en los países de América Latina y el Caribe para reflexionar sobre los avances y retrocesos en el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. Compruébalo.

En los últimos años hemos oído hablar de la «ola verde» de despenalización del aborto en América Latina. Y efectivamente, tuvimos varios avances: en 2012, Uruguay despenalizó el aborto hasta la semana 12 de gestación; en 2020, Argentina aprobó una ley que permite el aborto seguro y gratuito en el país en las primeras 14 semanas; y, en febrero de 2022, Colombia despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación.

Sin embargo, la realidad es que esta ola no ha llegado a algunos territorios. La mayoría de los países sigue aplicando viejos y anticuados códigos penales que criminalizan la interrupción voluntaria del embarazo a menos que se hayan violado los derechos de la mujer, como es el caso de los que sólo la autorizan en casos de violación o de riesgo de muerte.

Además, seis países de América Latina y el Caribe –El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Surinam– tienen una legislación inflexible sobre el aborto. En El Salvador, las mujeres son castigadas incluso en casos de aborto espontáneo; en Honduras, en 2021, los parlamentarios aprobaron la reforma del artículo de la Constitución que penaliza el aborto en cualquier circunstancia, creando un «escudo» contra futuros cambios en la prohibición; y en Haití, cuyo Código Penal sigue siendo de 1835, la pena por la interrupción voluntaria del embarazo puede llegar a la cadena perpetua.

Para tener una visión general del aborto en los países de América Latina y el Caribe, hemos reunido aquí la legislación vigente en los países. Compruébelo.

Argentina

En diciembre de 2020, Argentina sancionó la Ley 27.610, conocida como Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que contempla el aborto seguro y gratuito en el país, hasta la semana 14 de gestación. El 28 de marzo del año siguiente, en el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, el país también oficializó el Protocolo para la Atención Integral de quienes realizan la interrupción legal del embarazo.

Belice

El Código Penal de Belice (1980) penaliza el aborto bajo pena de cadena perpetua. La interrupción del embarazo sólo está permitida si la realiza un médico colegiado para proteger la vida de la mujer, su salud física y mental o la de sus hijos, o si existe riesgo de discapacidad grave para el feto.

Bolivia

En septiembre de 2017 Bolivia aprobó el artículo 153 de un nuevo Código Penal, que despenaliza el aborto practicado antes de la octava semana de gestación por estudiantes o por quienes sean cuidadoras de niños, ancianos o personas con discapacidad. La legislación tampoco prevé castigo en caso de aborto realizado por adolescentes en cualquier fase del embarazo.

Antes de la aprobación del artículo, Bolivia ya contemplaba el aborto legal en casos de violación o riesgo de muerte. Ahora, el Código Penal prevé una pena de hasta tres años de prisión en caso de interrupción del embarazo fuera de las circunstancias descriptas.

Brasil

En Brasil, los artículos 124 a 128 del Código Penal de 1940 establecen el aborto en el país. La ley penaliza la interrupción voluntaria de la vida intrauterina, previendo una pena que puede variar de 1 a 3 años de prisión. El aborto sólo está permitido en tres casos: embarazo por violación, riesgo para la vida de la mujer y anencefalia del feto.

Para llevar a cabo la interrupción de la gestación en caso de violación, la ley no exige nada más allá de la autorización de la gestante o de su responsable. En caso de anencefalia del feto o de riesgo de muerte de la mujer embarazada, es necesario un informe médico que acredite la condición.

Sin embargo, incluso los casos de aborto legal han sufrido intentos de retroceso en el país. El 28 de junio de 2022, al tratar en Brasilia el manual del Ministerio de Salud, se discutió entre otras cosas: la investigación penal de niñas y mujeres violadas que acceden al servicio de aborto legal; la imposición de un límite de edad de gestación para el procedimiento; y establece que «todo aborto es ilegal, salvo en los casos en que hay exclusión de la ilegalidad».

Chile

Chile sólo permite la interrupción del embarazo en caso de riesgo de muerte, cuando el feto o embrión es inviable o en caso de violación. En marzo de 2021, la interrupción legal del embarazo se incluyó en el proyecto de la nueva Constitución chilena. El texto afirma que los derechos sexuales y reproductivos incluyen el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo. El proyecto se someterá a plebiscito el 4 de septiembre de 2022.

Colombia

En febrero de 2022, Colombia despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Antes, el Código Penal colombiano contemplaba la interrupción legal del embarazo en tres casos: violación o incesto, malformación del feto que hiciera imposible la vida, o en caso de riesgo de muerte de la mujer.

Costa Rica

El Código Penal de Costa Rica criminaliza el aborto con hasta 3 años de prisión. La interrupción voluntaria del embarazo sólo se permite en caso de riesgo para la vida de la mujer. Esta criminalización casi total de la interrupción voluntaria del embarazo en el país, hace que las mujeres recurran al mercado ilegal del aborto. La última encuesta sobre el tema –realizada en el país en 2007–, reveló que se produjeron 27.000 abortos al año, de los cuales el 20% incluyeron complicaciones.

Cuba

El aborto está despenalizado desde 1987 en el país. El Código Penal cubano sólo prevé castigar la interrupción del embarazo en tres casos: cuando hay intención de lucro, o si se realiza fuera de las instituciones hospitalarias o sin el consentimiento de la mujer.

Ecuador

A comienzos de 2022, la Asamblea Nacional de Ecuador despenalizó el aborto en caso de violación en el país. Hasta esa fecha, la interrupción del embarazo sólo se permitía en caso de riesgo de muerte o si la mujer víctima de violencia tenía una discapacidad mental. Si no cumplía las normas, el procedimiento podía acarrear hasta tres años de prisión. La nueva legislación permite el aborto hasta la 12ª semana de gestación y, para las mujeres indígenas y rurales, hasta la 18ª semana.

El Salvador

Desde 1998 el aborto está totalmente penalizado en El Salvador, incluso en los casos espontáneos si se sospecha que la mujer los induce. El Código Penal del país establece una pena de 2 a 8 años de prisión por la interrupción del embarazo, pero los fiscales y jueces suelen calificar los casos de pérdida de bebés como «homicidio agravado», lo que eleva la pena a entre 30 y 50 años de cárcel.

Guatemala

En marzo de 2022, Guatemala aprobó una ley que aumenta las penas de prisión por aborto en el país. La Ley de Protección de la Vida y la Familia prevé hasta diez años de prisión para aquellas que «provoquen su aborto o consientan que otra persona lo provoque». Anteriormente, la pena máxima era de cinco años. La única excepción son los casos que presentan un riesgo de muerte para la madre. Los médicos responsables también pueden ser castigados con hasta 50 años de prisión en caso de muerte de la madre.

Guyana

Desde 1995, el aborto está despenalizado en Guyana hasta la 12ª semana de gestación. Después de ese periodo, la interrupción del embarazo está legalizada en caso de riesgo para la salud o la vida de la mujer. El país fue pionero en América Latina en entrar en esta discusión, después de que el Reino Unido –del que el país era colonia–, aprobara la Ley del Aborto en 1967.

Guayana Francesa

La Guayana Francesa se considera territorio de Francia y, por tanto, sigue la legislación del país que desde 1975 permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación.

Haití

Desde 1835, el Código Penal de Haití penaliza el aborto en cualquier circunstancia y la pena puede llegar a la cadena perpetua. El país está debatiendo una nueva legislación, que debería entrar en vigor en 2022, y que, en relación con el aborto, prevé la legalización, con el consentimiento de la mujer, en un centro médico digno, hasta la 12ª semana de embarazo. En otras circunstancias, el nuevo Código en discusión prevé una pena de 5 a 7 años de prisión y multas de entre 50.000 y 100.000 gourdes.

Honduras

Es el país de América Latina con leyes más represivas contra el aborto. En enero de 2021, los parlamentarios aprobaron la reforma del artículo 67 de la Constitución de Honduras, que prohíbe el aborto en cualquier circunstancia desde el momento de la concepción del feto. También se prohíbe el uso, venta, distribución y compra de anticonceptivos de emergencia.

Antes de la reforma, Honduras ya prohibía el aborto directamente, pero ahora la legislación también crea un «escudo» legal contra futuros cambios en la prohibición, bloqueando cualquier intento de revocar o modificar el cambio.

Jamaica

La Ley de Delitos contra la Persona de Jamaica prohíbe la interrupción voluntaria del embarazo desde 1864. La legislación se basa en una ley inglesa del mismo nombre de 1861. En el país, el aborto sólo está permitido en tres casos: para salvar la vida de la mujer o preservar su salud mental y física. Fuera de estos términos, quien interrumpe un embarazo está sujeto a cadena perpetua.

México

En septiembre de 2021, al juzgar la penalización del aborto en el estado de Coahuila, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional determinar penas de prisión en el país en casos de interrupción del embarazo, porque la ley máxima no prohíbe la práctica. Esta decisión sentó un precedente que puede adoptarse en casos similares.

Sin embargo, en México el procedimiento está legalizado hasta la semana 12, sólo en 4 de los 32 estados: Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo.  En los demás, el tema se trata con una normativa dura y restrictiva que sólo contempla el riesgo de vida para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como circunstancias legales para la interrupción del embarazo.

Nicaragua

El Código Penal de 2006 aún vigente en Nicaragua, penaliza todos los abortos en el país, incluso en los casos de violación o de riesgo de muerte de la mujer. La pena por interrumpir un embarazo puede oscilar entre 1 y 2 años de prisión para las mujeres embarazadas y entre 1 y 3 años para quienes realicen el procedimiento. Esto es alarmante, especialmente si se tiene en cuenta que las estadísticas oficiales muestran que en la última década, 1.600 niñas de entre 10 y 14 años fueron violadas y en consecuencia quedaron embarazadas.

Panamá

En Panamá el aborto está permitido en tres casos: malformación del feto, riesgo de vida para la madre y violación. En otras circunstancias, la pena puede oscilar entre 1 y 10 años de prisión. A pesar de la prohibición, la interrupción del embarazo se sigue realizando pero de forma insegura y clandestina. En 2018, por ejemplo, el aborto fue la cuarta causa de muerte de mujeres en el país.

Paraguay

Paraguay tiene una de las legislaciones más extremas de la región latinoamericana. En el país, la interrupción del embarazo está penalizada en todas las circunstancias excepto cuando existe riesgo de muerte para la mujer. Según un informe de Amnistía Internacional, estas restricciones contribuyen a una epidemia de embarazos infantiles: al menos 1.000 niñas de 14 años o menos dieron a luz en Paraguay entre 2019 y 2020. Además, en 2015 salió a la luz el caso de una niña de 10 años que pesaba 34 kilos y que quedó embarazada tras ser violada por su padrastro y a la que los tribunales negaron el derecho a abortar.

Perú

El Código Penal peruano de 1991 tipifica como delito la interrupción voluntaria del embarazo en todos los casos. El aborto sólo está permitido si lo realiza un profesional, con el consentimiento de la mujer, en caso de riesgo de muerte de la embarazada. Sin embargo, incluso en los casos legales, las mujeres rara vez consiguen acceder al derecho en los hospitales públicos y acaban recurriendo a procedimientos inseguros y clandestinos. Según una investigación de la ONG Promsex, en 2018 el 19% de las mujeres peruanas de entre 18 y 49 años ya había abortado. De ellas, sólo la mitad pudo someterse a la intervención quirúrgica y el 17% de las que utilizaron el método de la píldora abortiva requirieron atención médica debido a complicaciones.

Puerto Rico

El aborto es legal en el país, si lo realiza un médico para proteger la vida de la embarazada y su salud no sólo física, sino también mental y socioemocional. Sin embargo, en abril de 2022 el país comenzó a debatir cambios en esta ley. Un proyecto de ley recientemente aprobado por el Senado de Puerto Rico prohibe la interrupción del embarazo a partir de las 22 semanas o cuando un médico determine que el feto es viable, con la única excepción de que la vida de la mujer esté en peligro.

República Dominicana

Creado en 1884 y en vigor desde esa fecha, el Código Penal de la República Dominicana penaliza la interrupción voluntaria del embarazo en cualquier circunstancia. Un nuevo Código Penal en debate en ese país y el movimiento feminista, piden que se incluya el aborto legal en tres circunstancias: en caso de riesgo de muerte de la embarazada, de complicaciones que impidan el desarrollo del feto y en caso de violación o incesto. Sin embargo, el proyecto de reforma de la legislación, divulgado por la Cámara de Diputados de la República Dominicana en 2021, no contemplaba despenalizar ninguno de los casos. Sólo su artículo 112 señala la despenalización si la interrupción del embarazo fuera «realizada por personal médico especializado en establecimientos sanitarios, públicos o privados» y si «previamente, para salvar la vida de la madre y del feto en peligro, se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles en la medida de lo posible.»

Surinam

Surinam es el único país sudamericano que prohíbe el aborto en cualquier circunstancia. El Código Penal del país prevé un castigo para la mujer –hasta 3 años de prisión– y para quienes ayuden o realicen el procedimiento –hasta 4 años de prisión–.

Uruguay

Desde 2012, Uruguay permite el aborto hasta la semana 12 de gestación. En caso de violación, el plazo se extiende hasta la semana 14 y puede ser más largo en caso de riesgo de muerte para la mujer embarazada o de anomalías fetales. En el primer año tras el cambio de la ley uruguaya, el país registró una media de 556 abortos al mes y sólo en el 0,007% de los casos hubo complicaciones –menores– durante el procedimiento. Antes, desde 1938, Uruguay permitía el aborto en tres situaciones: riesgo de muerte para la mujer, embarazo por violación y dificultades económicas.

Venezuela

El Código Penal de Venezuela de 1915 tiene cuatro artículos que penalizan el aborto y la pena puede oscilar entre 6 meses y 2 años de prisión. El procedimiento sólo se permite si representa un riesgo inminente para la vida de la mujer embarazada. Sin embargo, a pesar de la prohibición, la interrupción del embarazo se realiza masivamente de forma clandestina y es la tercera causa de muerte de mujeres en el país.

El artículo original se puede leer aquí