El próximo 7 de julio el Colectivo TLGB Bolivia presentará su  agenda política para demostrar que no están dispuestos a renunciar a ninguno de sus derechos.

La actual Constitución Política del Estado en su artículo 63 indica que “el matrimonio, uniones civiles y uniones de hecho sólo  pueden ser realizados entre un hombre y una mujer”. Sin embargo, gracias a un trabajo de fuerte incidencia política realizado luego de la puesta en marcha de la Asamblea Constituyente que dio vida a esa Carta Magna, el Colectivo TLGB de Bolivia conquista victorias y viene ganado terreno desde el año 2009 y posteriores en que se fueron redactando las leyes desprendidas de la nueva CPE.

Hace pocos días el Tribunal Supremo Electoral causó polémica al clarificar la figura del matrimonio para las personas transexuales y transgénero, la que pasó a ser posible a través de la Ley 807 de Identidad de Género, promulgada el 21 de mayo de 2016.

Esta Ley permite a las personas transexuales y transgénero realizar el cambio de su identidad en nombre, sexo e imagen. Dicho cambio convierte legalmente a esa persona en una del género deseado con plenos derechos; por lo que a partir de allí puede contraer matrimonio con alguien del sexo opuesto, sin contrariar la Constitución.

Este es un gran aliciente y además las declaraciones vertidas al respecto, nos hacen pensar que estamos en un buen camino” comentó Wilmer Galarza, ex presidente del Colectivo TLGB.

También realizamos un trabajo de incidencia política muy fuerte para evitar que salga un código de familias anómalo, donde se considere familia solamente a la figura tradicional, patriarcal, conservadora. Entonces lo que hemos hecho es eliminar todo ese bagaje de hombre-mujer que había en el código de familia y hemos conseguido que se hable de familias. Uno de los artículos de este código de familias, indica expresamente que cualquier tipo de familia que no esté inscrita dentro de este código podrá ser susceptible a realizar una ley específica para poder normarlo. Nos estamos acogiendo a ese código para que a partir de ahí se tome en cuenta un nuevo proyecto de ley de una nueva institución familiar que se denominaría Acuerdo de Vida en Familia, (AVF). Ésta permitiría a las parejas  de homosexuales y lesbianas  que puedan hacer un contrato en un Registro Civil o  firmen un convenio en el cual  se establecen todos los derechos que cualquier pareja tendría para precisamente salvaguardar su patrimonio. Dicho proyecto no incluye adopciones, definitivamente eso no está incluido, solamente los derechos civiles que podría tener una pareja conformada por personas  del mismo sexo” agregó Galarza.

El proyecto mencionado por Galarza fue presentado este 28 de junio junto a la Defensoría del Pueblo.

Lo cierto es que no ha habido en la historia de Bolivia un momento de avances tan claros como desde el año 2006, año en que el Presidente Evo Morales asume el Gobierno e introduce una política de inclusión de las personas indígenas, lo que fue inteligentemente abordado por el Colectivo TLGB que logró que esa inclusión sea tomada en un sentido cada vez más amplio.

Otro avance muy importante es el hecho de que el Ministerio de Educación incluye las fechas emblemáticas del 17 de mayo y 28 de junio en el calendario escolar. Eso marca pautas para que en todas las escuelas del país se hable  de la temática en esos días.

Historia

El Colectivo TLGB de Bolivia, es producto de una construcción cuya historia tiene como primer hito al año 1998, en el que se realizó el primer Congreso Nacional con la intención de verificar si existía la posibilidad de hacer un movimiento conjunto a nivel nacional.

Aunque ese congreso fue el inicio, también fue un quiebre, ya que allí no hubo acuerdos y una parte de las organizaciones asistentes se retiraron y montaron un congreso paralelo en un local del Movimiento Humanista ubicado en la calle Pisagua de la Ciudad de La Paz.

A partir de ahí se sucedieron otros congresos los años 2000, 2002, 2005 y 2007.

El segundo hito importante fue el 2006, año en el que se convocó a una presencia masiva en la Cumbre Social por la Integración de los Pueblos, en Cochabamba, evento paralelo a la Cumbre de la Comunidad Sudamericana de Naciones. A esa Cumbre Social concurrió gente de diferentes partes del mundo y su relevancia radicó en que fue la primera vez que se generó una convocatoria pública abierta para personas TLGBs y en que se armó una mesa independiente de Diversidades Sexuales.

En el 2007 comenzó un proceso de fortalecimiento. En ese año decidieron estar presentes en el proceso Constituyente convocado por el presidente Evo Morales y fue el primer trabajo serio de ingreso a la política pública. Su presencia a través de un delegado ayudó a subsanar vacíos conceptuales. La estrategia fue elaborar un documento corto y entregarlo en todas las audiencias públicas y presentar las propuestas vinculadas a la temática TLGB en cinco diferentes departamentos donde los colectivos tenían presencia.

En el año 2009 se llevó adelante el referéndum para aprobar la nueva Constitución y el Colectivo TLGB logró una victoria al incluir el Artículo 14 en el que dice: El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación  basada en la orientación sexual  e identidad de género”.

Ese mismo año lograron la promulgación del Decreto Supremo 0189 que declara al 28 de junio de cada año como el “Día de los Derechos de la Población con Orientación Sexual Diversa” en Bolivia.

Luego, en el 2010 logran incorporar en la Ley 045 “Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación” conceptos claros de lo que es homofobia y transfobia. Esta ley prohíbe toda forma de discriminación fundada en la orientación sexual y la  identidad de género, sancionando dichos actos con una pena de hasta 5 años de cárcel.

En 2011 se logra el Decreto Supremo 1022 que declara que en todo el territorio boliviano la fecha 17 de mayo será el “Día de la Lucha contra la Homofobia y Transfobia”.

Finalmente en el año 2016 es promulgada la Ley 807 “Ley de Identidad de Género” que establece el procedimiento para el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en toda documentación pública y privada vinculada a la identidad, permitiendo ejercer de forma plena el derecho a la identidad de género.