El jueves 26 de marzo, la Corte Constitucional admitió a trámite la acción de incumplimiento presentada por un colectivo de abogadas y abogados en contra del Presidente de la República, Lenín Moreno, por cuanto el pago de deuda externa habría afectado los recursos destinados para enfrentar la emergencia santiaria por COVID-19. En la providencia la Corte Constitucional menciona que el Pleno decidió priorizar en el orden cronológico la tramitación de esta causa. No obstante, negó la petición de la medida cautelar solicitada por los accionantes que buscaba detener dicho pago. Corresponde ahora que el Ejecutivo conteste a la demanda planteada a fin de que la Corte Constitucional determine si en efecto hubo incumplimiento de lo dispuesto por dicho órgano jurisdiccional en su dictamen 1-20-EE.

La acción de incumplimiento se presenta tras el pago de $324 millones por concepto de bono soberano hecho por el gobierno ecuatoriano desoyendo los pedidos de la Asamblea Nacional, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, colectivos y movimientos sociales y diversos grupos de economistas.

La Corte Constitucional deberá determinar si dicho pago mermó la capacidad del Estado para garantizar la salud y la vida en el contexto de la emergencia sanitaria. En caso de ser aceptada, el Estado debería reintegrar los valores destinados a la atención de salud. Esto podría derivar también en otros procesos para determinar la responsabilidad política y administrativa de quienes adoptaron estas decisiones. Jueza Constitucional dispuso esta notificación el 26 de marzo de 2020.