De acuerdo con INREDH, Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, el Estado de Excepción decretado por el presidente Lenín Moreno es «inconstitucional, inconvencional y pone en serio peligro la vida,la integridad y la libertad de las personas en Ecuador». En un comunicado oficial, la organización afirma que:

1. El presidente Lenin Moreno ha presentado a la Asamblea un proyecto económico urgente que contiene medidas de flexibilización laboral, eliminación del subsidio a combustibles derivados del petróleo, la eliminación del anticipo del impuesto a la renta, la disminución de beneficios laborales a empleados y empleadas del sector público, entre otras. Estas propuestas tienen el fin de reactivar la economía y superar la profunda crisis económica del estado ecuatoriano, sin embargo, del abanico de medidas que pudieron ser adoptadas, las elegidas impactaran a los sectores más vulnerables de la sociedad y empeoraran las condiciones de los trabajadores y trabajadoras que han logrado cierta estabilidad económica. Nuevamente estamos a merced de las políticas neoliberales impuestas por el Fondo Monetario Internacional que bajo la promesa de que menos regulación implica más inversión y más riqueza, va de país en país chantajeando a los gobiernos e imponiendo políticas que desaparecen la clase media y agudizan las diferencias sociales. Es la política neoliberal de los organismos multilaterales, en gran medida la culpable de que el 1% de la población posea el 99% de los recursos del planeta, un planeta que, además, gracias a la desregularización en materia ambiental y el extrativismo salvaje, está destruyendo de forma vertiginosa la naturaleza y dejándole un pasivo social y ambiental inmanejable a las futuras generaciones. En este contexto resulta legítimo e indispensable que la gente ejerzas su derecho a la resistencia haga oír su voz en las calles, el único espacio de real participación que se les concede.

Art. 98 de la Constitución de la República del Ecuador. – Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.

2. El 3 de octubre de 2019, se han dado una serie de manifestaciones en el país. La gente volcada a las calles exige su derecho a la vida digna y a no ser las víctimas de un reajuste económico del cual serán los y las principales afectadas. Como respuesta a las movilizaciones el presidente Moreno ha decidido usar la violencia en lugar del diálogo. En horas de la tarde se ha dictado un estado de excepción, el cual es una afrenta al pueblo ecuatoriano, a su Constitución y a la Convención Americana de Derechos Humanos. Este estado de excepción devela que detrás del discurso conciliador del régimen está la intención de repetir las prácticas represivas y violentas que han usado todos y cada uno de los presidentes de la República, desde el retorno a la democracia, para imponer medidas económicas que buscan solucionar crisis generadas precisamente por grupos de poder económico que nunca son afectados el momento de tener que “hacer sacrificios” y “ajustarnos los cinturones” para salvar la economía del país.

3. La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 164 señala que el presidente o presidenta de la República podrá dictar estado de excepción cuando: “caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural”. Estos casos se pueden agrupar en dos grupos, los que tienen que ver con violencia social y los que tienen que ver con desastres. Sobre los casos de violencia social debemos entender que se tratan de eventos de una gravedad tal que ponen en riesgo la existencia misma del estado, así lo señala la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 27.1 cuando trata sobre esta facultad de los estados: “en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado parte”. Se entiende que la gravedad de la situación hace que no se puedan utilizar los canales institucionales regulares para contener la situación a la que se enfrenta el estado. Eso no es lo que está pasando hoy en el país.

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