El Tribunal Constitucional se ha reunido hoy en una sala del Consejo para decidir sobre la cuestión de la legitimidad constitucional del artículo 580 (instigación o ayuda al suicidio) planteado por el Tribunal de Justicia de Milán, en el juicio de Marco Cappato, por el suicidio asistido de Fabiano Antoniani (DJ Fabo). A la espera de que se dicte la sentencia, la Oficina de Prensa de la Fiscalía afirma que «el Tribunal ha declarado no punible en virtud del art. 580 del Código Penal, en determinadas condiciones, a quien facilite la ejecución con el objetivo de suicidarse, de manera independiente y libre, de un paciente que se mantiene vivo gracias a los tratamientos de mantenimiento de la vida, y que padece una enfermedad irreversible, que es causa de sufrimientos físicos y psíquicos, y que considera insoportables pero que es plenamente capaz de adoptar decisiones con total libertad e independencia» (art. 580 del Código Penal).

Nos parece interesante, en este sentido, señalar la postura de Noi Siamo Chiesa, un punto de vista diferente de las posiciones «rígidas y sin matices» de las jerarquías eclesiásticas y de la CEI, según las cuales, entre los «derechos inviolables del hombre» (art. 2 de la Constitución), no hay nadie que pueda disponer de la propia vida y que «vivir es un deber, incluso para los que están enfermos y sufren». Vittorio Bellavita, Coordinador Nacional de Noi Siamo Chiesa, está de acuerdo con el fallo de la Corte y afirma: «Nuestra opinión es muy diferente de la que sostienen durante algún tiempo las jerarquías y los médicos que ahora hablan de la objeción de conciencia. Estamos convencidos de que esta línea no podrá cambiarse en el futuro. Ahora nos parece una ‘ideología de la vida que se aplica siempre y en todo caso’, independientemente de las situaciones particulares».


Traducción del italiano por Nicolás Soto