La República de Angola desde este pasado miércoles ha despenalizado las relaciones amorosas entre personas del mismo sexo. El viejo Código Penal contemplaba penas de prisión de entre 6 meses y 3 años para quienes eran criminalizados por estas prácticas.

El Parlamento aprobó un nuevo Código Penal que deja de estigmatizar a las parejas del mismo sexo, algo que no ocurría desde la independencia del país.

El país gobernado por Joao Lourenço, además, contempla la despenalización del aborto en tres causales: peligro de la vida o salud de la madre o del feto, y por violación. En el resto de casos seguirá siendo penado con condenas de entre 2 y 8 años de cárcel.

El antiguo Código Penal seguía vigente tras la independencia de Portugal ocurrida en 1975, pese a tratarse de leyes escritas en 1886 y que había configurado la figura de la unión amorosa entre personas del mismo sexo como “actos contra natura”.

Más allá de que el Estado no combatía, ni perseguía a los colectivos LGBTI, estas organizaciones celebraron el nuevo Código Penal, donde se eliminó el capítulo correspondiente.

Uno de los motivos que llevó a que la primera propuesta de Código Penal no se aprobara tenía que ver con el debate sobre la despenalización del aborto, que contaba con el rechazo de la oposición política.

La negociación del oficialismo con la Unidad Nacional para la Independencia Total de Angola (UNITA) permitió llegar a este acuerdo que contempla tres causales para la Interrupción Legal del Embarazo y desestimó la propuesta gubernamental del aborto libre hasta las diez semanas de gestación.

Todavía en el mundo 69 países contemplan penas contra la homosexualidad, ya sea criminalizando la “sodomía” o “las relaciones sexuales no tradicionales” y se los condena por alterar el “orden” o la “moralidad”.

El año pasado dejaron de formar parte de este grupo arcaico la India y Trinidad y Tobago. En 2019, el primero es Angola.

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