Comunicado del CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales – Argentina.

Hoy a la madrugada la Infantería de la Policía de la provincia de Buenos Aires desalojó con violencia un predio en la localidad de Abasto, La Plata, por orden del juez Pablo Raele del Juzgado de Garantías Nº 3, confirmada por la Sala 4 de la Cámara Penal platense.

Estas tierras estaban ocupadas por un gran número de familias, en conflicto con los propietarios del predio. Hasta ayer había canales de diálogo y negociación política facilitados por una medida cautelar del juez Contencioso Administrativo Luis Arias y por la intervención del vicegobernador de la provincia, Gabriel Mariotto. Esta vía desembocó en la presentación, hace dos días, de un proyecto de ley provincial para dar una solución habitacional a las familias involucradas.

Sin embargo, el juez y la fiscal insistieron con la ejecución del desalojo y hoy entre las 3 y las 3 y media de la mañana y sin previo aviso, el Cuerpo de Infantería ingresó con violencia al predio. Los testimonios indican que esta fuerza disparó de manera indiscriminada balas de goma y golpeó a las personas que estaban en el terreno. Trece personas fueron detenidas, muchas de ellas lesionadas por los golpes. Este operativo se realizó durante la noche, sin ambulancias y sin la presencia de otras agencias estatales que pudieran asistir a las familias.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas en la Observación General N° 7 establece que los desalojos son incompatibles con el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Si, como último recurso, hubiera que realizarlos deben respetar garantías procesales mínimas: consultar a las personas afectadas; un plazo suficiente y razonable de notificación con antelación a la fecha prevista para el desalojo; presencia de funcionarios del gobierno o sus representantes en el desalojo; ofrecer asistencia jurídica, entre otras. En relación a la actuación de los funcionarios policiales a cargo del desalojo, el Comité ha dicho que estos deben estar correctamente identificados y que los procedimientos no pueden llevarse a cabo cuando «haga muy mal tiempo o de noche, salvo que las personas afectadas den su consentimiento». Esta Observación General forma parte del ordenamiento jurídico argentino y por lo tanto el Estado provincial, a través de sus tres poderes, debe adoptar medidas específicas que aseguren el cumplimiento de estas condiciones mínimas tanto en las decisiones judiciales como en los códigos de procedimiento penal y civil y en la actuación policial.

La ocupación de las tierras y el posterior desalojo son una expresión más de una de las principales problemáticas de la Argentina: el acceso a la tierra, tanto urbana como rural. En este caso, se ponen en evidencia las tensiones y contradicciones que se producen en las periferias urbanas de la gran mayoría de las ciudades. Nuestro país atraviesa un crecimiento urbano acelerado y el constante aumento de los precios del suelo, motorizado por un fuerte dinamismo del mercado inmobiliario. En este contexto, terrenos periféricos, abandonados desde hace años por sus propietarios, comienzan a valorizarse y, por lo tanto, a ser objeto de conflicto, con implicancias negativas directas sobre el acceso a la tierra de los sectores populares.

Las prácticas policiales violentas como las que hoy tuvieron lugar son un obstáculo para la vigencia de otras políticas públicas inclusivas. En este caso, el desalojo de Abasto, sin tener en cuenta un proceso de negociación ya abierto, es aún más grave si consideramos que la provincia cuenta, desde noviembre de 2012, con la Ley de Acceso Justo al Hábitat, que incluye un capítulo específico destinado a facilitar los procesos de regularización dominial. Los poderes del Estado provincial deben retomar el canal político de diálogo para resolver la situación habitacional de las familias afectadas y apoyar la sanción de la ley que pueda aportar una solución de fondo al conflicto, en el marco del respeto de los estándares vigentes de protección de derechos humanos. Al mismo tiempo el Poder Ejecutivo y el Judicial de la provincia deben garantizar que se investigue la actuación policial violenta y que los ocupantes del predio no sean criminalizados.

Fuente: Comunicado del CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales.