Este texto, de iniciativa gubernamental, enviado al Parlamento el 1 de
octubre de 2011, responde con la criminalización de la expresión pública a
las manifestaciones estudiantiles y protestas sociales que agitan el país
desde el inicio del año [http://es.rsf.org/chile-una-burbuja-mediatica-estremecida-17-08-2011,40800.html](http://es.rsf.org/chile-una-burbuja-mediatica-estremecida-17-08-2011,40800.html).
Asimismo, contiene disposiciones catastróficas para el ejercicio del oficio
periodístico en igual circunstancia.

Firmado, entre otros, por el Presidente de la República, Sebastián Piñera;
el Ministro del Interior, Ricardo Hinzpeter, y el Ministro de Justicia,
Teodoro Ribera, el proyecto de ley se refiere de forma explícita a los
acontecimientos actuales pretendiendo *“perfeccionar y fortalecer las normas
que permiten el efectivo resguardo del orden público”*. Ahora, reafirmando el
derecho de manifestarse de manera pacífica, el texto crea confusión en sus
considerandos en lo que respecta a las nociones de: *“alteración el orden
público”*, *“violencia”*, *“parálisis”* y *“desorden”*, pues por su naturaleza toda
manifestación genera *“desórdenes”* y *“parálisis”* que no siempre proceden de
la *“violencia”* ni se producen necesariamente por ella.

Tal confusión se lee en la principal modificación que presenta el proyecto
de ley, que prevé una pena de prisión que comprende de 541 días a tres años
para toda persona que haya incitado, promovido o fomentado:

– *invadir, ocupar o saquear viviendas, oficinas, establecimientos
comerciales, industriales, educacionales, religiosos o cualquier otro*.

– *impedir o alterar la libre circulación de personas o vehículos por
puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes*.

*“Es difícil no ver en la primera disposición una alusión directa a las
ocupaciones pacíficas por parte de los estudiantes, del canal *Chilevisión*,
del que Sebastián Piñera era propietario antes de llegar al Palacio de La
Moneda. Así, ante la ausencia de precisión en este punto, ¿los estudiantes
podrían enfrentar tres años de prisión por haberse sentado en el pasillo o
en un estudio de la redacción? Sobre la segunda disposición, sería muy
difícil que los manifestantes marcharan en lugares que no fueran calles,
caminos o puentes. Estas cláusulas provocarían una sonrisa si no pusieran en
entredicho el derecho de manifestarse, otro pilar de la libertad de
expresión”*, declaró Reporteros sin Fronteras.

La organización acepta que en principio sea castigado *“atentar en contra de
la autoridad o sus agentes”*, hecho para el que se prevé la misma pena, pero
condena la ausencia de sanciones a las agresiones cometidas por los
carabineros contra los manifestantes [http://es.rsf.org/chile-los-abusos-y-la-violencia-contra-15-09-2011,40994.html](http://es.rsf.org/chile-los-abusos-y-la-violencia-contra-15-09-2011,40994.html).
Brutalidad que también fue constatada en las recientes manifestaciones de
organizaciones ecologistas y de las comunidades indígenas Mapuches contra el
proyecto HidroAysén [http://es.rsf.org/chile-el-tabu-medioambiental-evidenciado-17-05-2011,40291.html](http://es.rsf.org/chile-el-tabu-medioambiental-evidenciado-17-05-2011,40291.html).

**¿Delación mediática?**

Existe otro aspecto que nos alarma: *“el proyecto de ley propone otorgar una
nueva facultad a las fuerzas del orden y de seguridad, con el fin de que
puedan solicitar la entrega voluntaria de imágenes, voces o sonidos que se
hayan tomado, captado o registrado y que puedan servir para esclarecer un
delito o la participación en él, *sin una orden previa del fiscal*”. Esto,
precisa el texto, “responde a las circunstancias en que se comenten los
delitos contra el orden público en que es común la presencia de medios de
comunicación masiva que permiten la existencia de diversos medios de prueba
para acreditar hechos punibles”*.

*“Dicho de otra manera, en violación de las reglas de control judicial en la
valoración de las pruebas de un delito y en menosprecio de la protección de
la información periodística, ¿carabineros y policías podrán solicitar y
utilizar a discreción contenidos informativos con el objetivo de perseguir a
presuntos delincuentes? Un periodista no es un auxiliar ni un confidente de
la policía, y esta disposición constituye un incentivo a la delación. Este
proyecto de ley debe ser retirado”*, concluyó Reporteros sin Fronteras.