¿Por qué no se derogaron a tiempo los decretos, cuando la Defensoría del Pueblo había determinado, por inconsultos, su inconstitucionalidad? ¿Por qué no se evitó esta masacre?

*»De nada servirá culpabilizar al partido de la oposición y hacer co-responsable al gobierno de Venezuela. Tampoco será difamando y degradando a todos aquellos que se oponen al modelo de “desarrollo” que el gobierno quiere imponer a la fuerza, sin asumir la propia responsabilidad de haber roto el diálogo, originando que peruanos inocentes terminen matándose entre sí. No será por la represión y la criminalización de la protesta social que se podrá salir de la violencia.»* dice Javier Zorrilla, portavoz del Humanismo Universalista para el Perú.

Mientras el paro general cobra fuerza y muchas organizaciones sociales latinoamericanas solidarizan para plegarse el próximo jueves 11 de junio a las acciones de rechazo ante la lamentable situación.

Zorrilla propone *»tomar en consideración la demanda de inconstitucionalidad de la Defensoría del Pueblo sobre el DL 1064, porque vulnera los derechos constitucionales de propiedad de la tierra y de consulta previa a los pueblos indígenas. Derogar todos los decretos leyes en cuestión, porque están viciados desde su origen y carecen de legitimidad social real, dado que ninguno de ellos fue realmente consultado, ni cuenta con la imprescindible licencia social.»*

Sugiere revisar y reformar la constitución para darle la máxima importancia a los mecanismos de una democracia directa: la consulta popular, el plebiscito y el referéndum con previa campaña de información para que todos los involucrados puedan comprender las diferentes posturas existentes, expuestas con las mismas oportunidades en los diferentes medios de comunicación.

Señala la ausencia de organismos supervisores y fiscalizadores independientes. *»Porque no son los derechos humanos los que deben ajustarse a un modelo económico, a un régimen político, a un patrón cultural determinado o a una metodología de dominación social. Por el contrario, son éstos los que deben encajar sus principios y procedimientos a los derechos humanos, entendidos como oportunidades no violentas y reales de desarrollo, y no como simples aspiraciones sin sustento nacional real jurídico, político y cultural.»*, termina diciendo el portavoz peruano.