Una voz crítica en el Congreso de los Diputados

El pasado 16 de enero, y ante representantes y directores de zoos, técnicos del sector y algunos responsables políticos, Pedro Pozas Terrados, Director Ejecutivo del Proyecto Gran Simio, participó como ponente en unas jornadas organizadas por la Asociación Ibérica de Zoos y Acuarios (AIZA) bajo el título “Ciencia, legislación y grandes simios: hacia una normativa basada en la evidencia”.

El encuentro tuvo lugar en una sala del Congreso de los Diputados.

La intervención de Pedro Pozas se centró principalmente en la necesidad de poner fin a la reproducción en cautividad de los grandes simios, una práctica que —lejos de responder a criterios científicos independientes— constituye la principal vía de abastecimiento de los zoos para mantener el modelo de exhibición y negocio.

Durante las jornadas, todos los demás ponentes defendieron la supuesta imprescindibilidad de los zoos para la ciencia y sostuvieron que una futura ley de grandes simios no debería basarse en criterios morales, sino exclusivamente científicos sin tener prohibiciones. Sin embargo, en el debate final quedó patente que la cuestión clave era precisamente la reproducción en cautividad, al no existir un aval científico independiente que justifique su continuidad y sí claros intereses económicos que la sostienen.

A continuación, se transcribe íntegramente la intervención realizada por el representante del Proyecto Gran Simio:

INTERVENCIÓN DE PEDRO POZAS TERRADOS

Buenos días, en primer lugar, quiero dar las gracias a la Asociación Ibérica de Zoos y Acuarios por invitarme a esta mesa en la defensa de nuestros hermanos evolutivos y a todos los presentes. Quiero comenzar mi intervención agradeciendo al ministro de Derechos Sociales  Y al Director General de los Derechos de los Animales aquí presente, por cumplir su compromiso de entregarnos un borrador de Ley de grandes simios antes de finalizar el año 2025, atendiendo a la petición que les transmitimos en la reunión que mantuvimos.

Imagen Marta Esteban, Fundación Animals Guardians

Quiero comenzar mi exposición destacando un hecho desde la filosofía del derecho: las leyes no son extensiones de la ciencia ni se rigen por sus postulados. Las leyes son el conjunto de normas que las sociedades se dan a sí mismas para ordenar la convivencia entre las personas y, por supuesto, también con otros animales no humanos.

Cuando hablamos de grandes simios —chimpancés, bonobos, gorilas y orangutanes— no estamos ante una cuestión de gestión de fauna ni ante un debate técnico sectorial. Estamos ante una cuestión de responsabilidad moral del Estado frente a seres que, por su complejidad cognitiva, emocional y social, ocupan un lugar singular en nuestra comunidad moral. Hablamos de homínidos, nuestros parientes evolutivos más cercanos, con los que compartimos entre un 96 % y un 99 % del ADN, dependiendo de la especie y se encuentran todos ellos taxonómicamente en nuestra propia familia de los homínidos y los chimpancés y bonobos, más cercanos aún, dentro de nuestra propia tribu hominini. Y esto SI es ciencia.

Paradójicamente, esta continuidad evolutiva es reconocida por la ciencia de la que se hablará hoy, pero no ha sido integrada plenamente en las políticas públicas, que siguen tratándolos como meros “recursos expositivos”.

No se trata únicamente de lo que sabemos sobre ellos, sino de lo que estamos dispuestos a hacer con ese conocimiento.

Durante demasiado tiempo, las políticas públicas han tratado a los grandes simios como recursos expositivos o activos institucionales. Sin embargo, hoy sabemos y, sobre todo, reconocemos, que se trata de individuos con identidad, memoria, vínculos sociales duraderos y sufrimiento psicológico. Ese reconocimiento no es una mera contribución al conocimiento académico: tiene consecuencias jurídicas.

La pregunta, por tanto, no es si podemos mantener y reproducir grandes simios en cautividad, privándoles de su derecho a vivir como seres libres y con intereses propios.

La pregunta es si debemos hacerlo. Y si debemos hacerlo o no, no es una cuestión científica, sino básicamente moral.

Aquí entra en juego un principio básico de justicia: ningún poder público debería autorizar el nacimiento deliberado de un ser altamente consciente cuando sabe de antemano que ese ser vivirá privado de libertad, autonomía y desarrollo conforme a su naturaleza.

Una de las cuestiones centrales, dado el carácter perpetuador que tiene sobre la tenencia de Grandes Simios, es la cría en cautividad, y en ella voy a centrar mi intervención dado el poco tiempo del que dispongo. La prohibición de la cría en cautividad es el núcleo primordial que la ley de grandes simios debe legislar, partiendo de la base que todos los artículos de la misma son esenciales.

La reproducción en cautividad de grandes simios implica una decisión humana consciente: crear individuos sabiendo que vivirán toda su vida encerrados, sin posibilidad de elección, sin libertad, sin territorio propio, sin cultura real y sin autonomía. Esto plantea una cuestión ética insoslayable: ¿es legítimo traer al mundo a un ser altamente consciente para satisfacer un sistema de exhibición, colección o mantenimiento institucional? Desde una ética contemporánea basada en la justicia inter-especies, la respuesta es clara: no.

El Estado no puede amparar prácticas cuya justificación pública no se corresponde con su realidad material.

La reproducción en cautividad de grandes simios se presenta habitualmente como una práctica “conservacionista” o “educativa”. Esta ley no es, ni debe ser, una ley de conservación de las especies que componen el grupo taxonómico de los Grandes Simios, sino una ley que proteja a cada individuo, a cada sujeto, a cada ser con valor intrínseco individual, valor que, más allá de su enorme peso ético, ya se encuentra reconocido por la normativa de la Unión Europea y, por tanto, de la española.

Imagen de Pedro Pozas Terrados

Sin embargo, incluso entrando en el marco del conservacionismo, el análisis ético, científico, sanitario, jurídico y de bienestar animal muestra una realidad distinta: la reproducción en cautividad, en el contexto de exhibición pública o tenencia privada, incrementa el sufrimiento, perpetúa el comercio y el manejo de individuos como objetos, y no contribuye a la conservación de las poblaciones salvajes

Prohibir la reproducción en cautividad de grandes simios no elimina a los individuos existentes. Protege a los que ya existen y evita un sufrimiento futuro perfectamente previsible. Cierra una puerta al mercado y abre otra a la coherencia, a la dignidad y a la justicia. La prohibición de la reproducción en cautividad es, por tanto, una medida de justicia preventiva.

Debemos saber que no somos especies ajenas con los grandes simios. Compartimos con ellos:

  •  estructuras cerebrales,
  • emociones complejas,
  • vínculos familiares duraderos,
  • transmisión cultural,
  • duelo por la muerte,
  • trauma por la separación y el encierro.
  • Memoria a largo plazo.
  • Capacidades comunicativas sofisticadas.
  • Planificación, juego simbólico, resolución de problemas.
  • Y muchas otras más.

En términos éticos, esto significa que su sufrimiento no es “simple” ni “instintivo”, sino un sufrimiento con componentes psicológicos: frustración crónica, ansiedad, depresión, estereotipias, autolesiones, agresividad y apatía. Por tanto, reproducirlos en cautividad para mantener un sistema de exhibición equivale a fabricar seres con alta sensibilidad para una vida limitada, controlada y frecuentemente inadecuada.

Encerrar y reproducir a un homínido no humano es éticamente comparable —en términos de daño psicológico— a privar de libertad a un ser humano vulnerable sin posibilidad de emancipación.

Uno de los argumentos más utilizados para justificar la reproducción en cautividad es la supuesta conservación de la especie. Sin embargo, este argumento no se sostiene en la práctica.

Imagen y montaje Pedro Pozas Terrados

A día de hoy:

  • ningún zoo europeo ha llevado a cabo con éxito un programa de reintroducción de grandes simios nacidos en cautividad en hábitats naturales;
  • las razones son conocidas: riesgo sanitario, falta de cultura salvaje, dependencia humana, ausencia de habilidades de supervivencia, conflictos territoriales y sociales.

Sabemos que los grandes simios nacidos en cautividad:

  • no aprenden las culturas propias de su especie;
  • no adquieren habilidades de supervivencia;
  • no reconocen depredadores;
  • no saben alimentarse de forma autónoma;
  • no desarrollan estructuras sociales naturales.

La cultura en grandes simios no es instintiva, es aprendida. Un individuo nacido en cautividad no es reintroducible salvo en proyectos extremadamente excepcionales, costosos y arriesgados.

Los grandes simios viven en estructuras sociales ricas, con alianzas, jerarquías, cooperación, cuidado y cultura. En cautividad, incluso en grupos aparentemente “estables”, aparecen problemas recurrentes:

  • incompatibilidades forzadas;
  • falta de control sobre el entorno;
  • conflictos por espacio y recursos;
  • separación por decisiones de manejo;
  • ausencia de estímulos naturales complejos (exploración, selección de alimento, territorio, refugio, relaciones diversas).

La reproducción agrava esto: más individuos significa más tensión social, más gestión artificial y más riesgo de violencia.

En cautividad, especialmente, pero no de forma exclusiva en entornos pobres se observan conductas muy similares a las que se desarrollan en seres humanos en periodos de confinamiento permanenteEsto:

  • balanceos repetitivos, automutilación, arrancarse el pelo, regurgitación, coprofagia;
  • depresión conductual (apatía, falta de interacción);
  • agresiones;
  • ansiedad en presencia de público.

La cría nacida en cautividad no elige ese destino. La reproducción perpetúa condiciones donde el daño psicológico es un riesgo estructural.

Otro punto clave que debe decirse con claridad: los grandes simios cautivos en zoos no poseen un valor genético indispensable para la supervivencia de la especie.

  • Las poblaciones salvajes mantienen mayor diversidad genética.
  • Los bancos genéticos cautivos son limitados y cerrados.
  • La consanguinidad y la gestión artificial reducen valor adaptativo.

Estos individuos no son genéticamente necesarios, son genéticamente gestionados.
Su reproducción no responde a una urgencia evolutiva, sino a una necesidad institucional.

Esto nos lleva a una conclusión: la verdadera finalidad, es que la reproducción se mantiene para que las colecciones no se extingan. No se reproduce para salvar selvas, ni para proteger poblaciones salvajes, ni para reintroducir.

Por otro lado, no menos importante, es tener claro que la cautividad viendo a un gran simio tras las rejas o cristales, ver a un homínido de nuestra propia familia de esa forma para diversión nuestra

  • no es cultura, porque no transmite su verdadera naturaleza;
  • no es educación, porque normaliza el encierro;
  • no es conservación, porque no protege su hábitat ni su futuro salvaje.

Es, en el mejor de los casos, una representación empobrecida; en el peor, una forma de normalizar la dominación.

Imagen Marta Esteban Fundación Animals Guardians

Además de ello, tenemos que tener en cuenta que existe una superpoblación y excedentes de machos. La reproducción en cautividad ha generado un problema grave y reconocido especialmente de machos, en chimpancés y gorilas.

La propia Asociación Europea de Zoos y Acuarios (EAZA) ha reconocido la existencia de excedentes y conflictos derivados de:

  • grupos artificiales;
  • imposibilidad de integrar machos adultos;
  • agresiones;
  • aislamientos forzados;
  • traslados continuos.

Esto demuestra que el sistema no puede absorber sus propias consecuencias.

La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) es clara:
la conservación de grandes simios debe centrarse en la protección del hábitat, la lucha contra la caza furtiva y el tráfico, y el apoyo a las comunidades locales.

La UICN no recomienda la cría en cautividad de grandes simios como estrategia de conservación, precisamente por:

  • la inviabilidad de reintroducción;
  • el riesgo sanitario;
  • la pérdida cultural;
  • el desvío de recursos.

Únicamente justifica la cría en cautividad y reintroducción de grandes simios para individuos nacidos en santuarios en los países de distribución.

Por otro lado, no existe ningún aval científico independiente, ajeno al propio sector zoológico o de diversas entidades que se benefician en el estudio de los primates, que demuestre que la reproducción en cautividad de grandes simios en zoos sea necesaria o eficaz para la conservación de la especie.

Existen además problemas graves documentados de hibridación, que es otro problema añadido:

  • cruces entre especies de orangutanes (Borneo y Sumatra);
  • cruces entre subespecies de chimpancé.

Esto desvirtúa cualquier argumento genético, ya que:

  • se pierde integridad evolutiva;
  • se crean individuos sin valor para conservación;
  • se falsea el discurso científico.

En Conclusión, mantener y reproducir grandes simios en cautividad no es ético, no es justo y no es conservacionista.

 

Además de todo lo expuesto, nos enfrentamos con otro grave problema que hemos denunciado de forma continuada desde hace más de diez años y que a últimos de diciembre de 2025, volvimos a denunciarlo en una reunión mantenida con la Directora General de Biodiversidad del Ministerio de  Transición Ecológica y que nos dio a entender que no se podía hacer nada por estar implicados en el reglamento CITES numerosos países: el permitir el comercio de especies CITES nacidos en cautividad.

Imagen de Jeff McCurry/Proyecto Gran Simio

El tráfico ilegal de grandes simios no solo continúa, sino que está aumentando, especialmente en relación con la captura de bebés y crías. Esta práctica tiene un impacto devastador en las poblaciones salvajes.

Los grandes simios viven en grupos familiares muy cohesionados. Para capturar a una cría viva es necesario, en la mayoría de los casos:

  • matar a la madre que la protege,
  • y frecuentemente eliminar a otros miembros del grupo que intentan defenderla.

El resultado habitual es el exterminio completo o parcial del grupo, lo que supone:

  • una pérdida irreparable de individuos reproductores;
  • la destrucción de estructuras sociales complejas;
  • un daño directo a la viabilidad de la población local.

Cada cría capturada no es una pérdida aislada, sino la consecuencia de una masacre silenciosa que raramente queda registrada.

Una vez capturadas, muchas de estas crías son trasladadas ilegalmente a países asiáticos, donde existe una infraestructura consolidada de centros privados, criaderos encubiertos y mercados de fauna exótica. Allí se produce uno de los mecanismos más graves y perversos del sistema actual: el blanqueo legal del tráfico ilegal. De todos es sabido la incautación en un aeropuerto de Turquía de un bebe gorila metido en una caja con destino a Tailandia. ¿Cuántos grandes simios viajarán de este modo escondidos sin ser detectados? Muchos por supuesto mueren en el camino.

El procedimiento es conocido:

  • el animal capturado en libertad es introducido en un centro;
  • se le expide un certificado de nacimiento en cautividad;
  • a partir de ese momento, el animal deja de ser considerado de origen ilegal.

Este simple documento transforma un delito grave contra una especie en peligro de extinción en un ejemplar “legalmente comercializable”.

El Reglamento CITES, aunque creado con la finalidad de proteger especies amenazadas, contiene una grieta fundamental: permite el comercio, venta y transferencia de especies en peligro de extinción cuando se acredita que han nacido en cautividad.

Esto implica que:

  • un gran simio originalmente capturado en la selva
  • puede entrar en el circuito legal
  • si se le asigna un origen en cautividad, real o ficticio.

Así, CITES, sin pretenderlo, facilita el blanqueo del tráfico ilegal, convirtiendo a la reproducción en cautividad en una coartada perfecta.

Mientras exista un mercado legal de grandes simios “nacidos en cautividad”:

  • seguirá existiendo un incentivo económico para capturar crías en la naturaleza;
  • seguirá siendo rentable matar grupos enteros;
  • seguirá utilizándose la cautividad como pantalla legal.

La reproducción en cautividad no frena el tráfico, lo alimenta. Cada individuo que entra en un centro autorizado bajo la etiqueta de “nacido en cautividad” legitima un sistema opaco que hace imposible distinguir, a posteriori, entre lo legal y lo ilegal.

Por todo ello, la prohibición de la reproducción en cautividad de grandes simios en zoos y centros privados no es solo una cuestión ética o de bienestar, sino también una medida clave contra el tráfico ilegal.

Si no existe demanda legal:

  • no hay blanqueo;
  • no hay mercado;
  • no hay incentivo para capturar crías.

Prohibir la reproducción cierra la puerta al uso de certificados de cautividad como mecanismo de lavado legal de uno de los delitos más graves contra la biodiversidad actual.

Asimismo, conviene recordar que, en el marco del acuerdo trasladado al Ministro de Derechos Sociales en la reunión mantenida en octubre de 2025, se constató la existencia de un amplio consenso entre diversas entidades especializadas en la protección y el estudio de los grandes simios entre ellas el Instituto Jane Goodall, la Fundación Mona, la Fundación Rainfer, el Centro Primadomus, la Fundación Animal Guardians y el Proyecto Gran Simio en torno a un principio común: la prohibición de la reproducción en cautividad de los grandes simios, salvo en casos excepcionales vinculados a programas de reintroducción independientes, desarrollados en los países de distribución natural y bajo supervisión internacional estricta.

Imagen de Pedro Pozas Terrados

En este contexto, que los zoológicos asumieran y respaldaran la prohibición de la reproducción en cautividad de grandes simios, aceptando que sus instalaciones quedaran vacías tras la muerte de los individuos actualmente existentes, constituiría un acto de responsabilidad institucional de gran relevancia histórica. Una decisión de esta naturaleza sería, sin duda, comprendida y ampliamente respaldada por la ciudadanía, y representaría un avance decisivo en términos de justicia moral y ética hacia seres que no solo pertenecen al orden de los homínidos, sino que forman parte de nuestra propia familia evolutiva.

Esta ley ofrece a España la oportunidad de situarse en la vanguardia moral y jurídica. No desde la emoción, sino desde la responsabilidad serena de quien entiende que gobernar también es saber decir “hasta aquí”.

España se uniría de esta forma, además de ser la primera a nivel mundial de una ley de grandes simios, con Canadá, que ha aprobado un proyecto de ley que prohíbe mantener en cautividad a los grandes simios y elefantes, lo que incluye su reproducción y exhibición en zoológicos u otras instalaciones. Además, en Colombia también se ha prohibido mantener a grandes simios en cautividad y ninguno podrá entrar en el país. Argentina solo quedan tres chimpancés en tres zoos, dos de ellos en proceso judicial de liberación y otro que se encuentra no apto para viajar y es donde también, en sendas sentencias judiciales se ha considerado a una chimpancé y una orangután, personas no humanas, sacándolos de los zoos y llevándolos a santuarios.

La Declaración de Cambrigde sobre conciencia (2012) reconoce que los grandes simios, entre otros, poseen sustratos neuronales para la experiencia consciente. Este reconocimiento refuerza límites éticos en homínidos. Si mañana encontrásemos a un grupo de Homo neanderthalensis, no admitiríamos criarlos en recintos para sostener una población cautiva, separarlos, moverlos como fichas o usar a sus crías para atraer visitantes. El principio debe aplicarse por coherencia y ética a los grandes simios homínidos. La reproducción en cautividad convierte vidas en herramientas (genéticas, educativas o comerciales). En homínidos, la dignidad debe prevalecer.

La reproducción en cautividad de grandes simios no aporta beneficios reales a la conservación, compromete el bienestar de los individuos y contradice principios éticos y legales emergentes. La prohibición de estas prácticas alinea la legislación con el conocimiento científico y con el reconocimiento de la dignidad de los grandes simios como homínidos no humanos. Para la naturaleza y las especies de grandes simios en libertad, tener/criar simios en cautividad tiene el mismo efecto que mantenerlos disecados en los museos.

Termino con una llamada a la conciencia política y social. La reproducción en cautividad de grandes simios en zoos no es un debate menor. Es un espejo moral. Nos obliga a preguntarnos qué tipo de sociedad queremos ser:

  • ¿Una que produce seres conscientes para la exhibición?
  • ¿O una que reconoce límites éticos cuando se trata de criaturas capaces de sentir, recordar, sufrir, amar y desesperar?

Prohibir la reproducción en cautividad no es un gesto simbólico: es una decisión responsable. Es decir: basta.

Basta de fabricar vidas destinadas a rejas, traslados y dependencia.

Basta de usar la palabra “conservación” para justificar lo que en realidad es un circuito de gestión y exhibición.

Basta de convertir a nuestros parientes evolutivos en una mercancía biológica.

Esta medida no borra el pasado, pero sí cambia el futuro.  Y la política, en su mejor sentido, cumple precisamente esa función: establecer límites éticos claros allí donde el mercado, la costumbre o la indiferencia los habían normalizado. Por ello, desde esta Cámara, expresión de la voluntad popular, insto al ministro de Derechos Sociales, al director general de los Derechos de los Animales, así como a los representantes de los zoológicos y de la sociedad civil, a aprobar la Ley de Grandes Simios y a prohibir de manera definitiva su reproducción en cautividad.

Se trata de una decisión histórica y determinante, se trata de asumir una responsabilidad colectiva largamente postergada. Porque continuar reproduciendo grandes simios en jaulas no es conservación: es generar deliberadamente vidas destinadas al encierro, al traslado constante, al aislamiento y a un sufrimiento estructural que resulta incompatible con los principios éticos que deben guiar la acción pública.

Cada nacimiento en cautividad es una responsabilidad que la sociedad no ha sabido, ni querido, asumir. Y cuando no podemos garantizar una vida digna, la ética nos obliga a decir basta.

Prohibir la reproducción no es abandonarles. Al contrario: es cuidar a los que ya existen, garantizarles bienestar, espacios adecuados, vínculos sociales reales y un final de vida digno. Es cerrar la puerta al negocio y abrirla, por fin, a la compasión y a la coherencia.

Tenemos que conseguir un futuro en el que ningún gran simio vuelva a nacer condenado a una jaula. Un futuro en el que la ciencia, la educación y la sociedad puedan mirarse al espejo sin vergüenza.

Imagen de Jeff McCurry/Proyecto Gran Simio

Las leyes, en definitiva, no solo ordenan la convivencia presente. Construyen el legado moral que dejamos a quienes vendrán después. Hoy tenemos la oportunidad de demostrar que nuestra sociedad ha comprendido que la grandeza de una sociedad, de un país, no se mide sólo por su capacidad técnica o económica, sino por su disposición a reconocer límites éticos cuando se trata de los más vulnerables, incluso —y especialmente— cuando no pueden alzar la voz. Hoy tenemos la oportunidad de demostrar que hemos evolucionado moralmente, que hemos entendido que no todo lo que se puede hacer, se debe hacer.

Hagamos que esta ley sea un acto de justicia. Un acto de responsabilidad institucional. Pero, sobre todo, un acto de humanidad. Y un legado del que las generaciones futuras puedan sentirse orgullosas.