Por Nelsy Lizarazo

La ciudadanía universal es, de acuerdo con el Diccionario de Acción Humanitaria un principio, categoría o condición gracias a la cual todas las personas, en cualquier lugar del mundo, pueden ser reconocidas en su calidad de sujetos de derecho.

Se trata de un concepto trabajado y aceptado, al menos en el ámbito internacional, vinculado directamente con la universalidad de los derechos humanos. El concepto “ciudadanía universal” significa, fundamentalmente, que los derechos humanos no se relacionan con su pertenencia a un Estado en particular y, por tanto, debe ser protegidos y respetados en cualquier territorio donde esta persona se encuentre.

La Constitución de la República de Ecuador, aprobada por amplia mayoría en el año 2008 consagra la ciudadanía universal como uno de los principios rectores de las Relaciones Internacionales del Estado ecuatoriano, en los siguientes términos:

Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países, especialmente Norte-Sur.

Con la introducción de este principio en su Carta Magna, Ecuador se convirtió en el abanderado mundial de la libre movilidad humana, del derrumbe de las fronteras para todas las personas es decir, se convirtió en la vanguardia de un enfoque completamente nuevo en las políticas y la legislación migratoria que supone que ninguna persona puede ser considerada ilegal en razón de su condición migratoria.  Sin duda, un enfoque completamente integrador que, en el tiempo, puede eliminar la diferencia discriminatoria entre nacionales y extranjeros.

En medio de un amplio respaldo desde los movimientos y organizaciones defensoras de los derechos humanos, la crítica directa de sectores conservadores de la sociedad ecuatoriana y el temor de una ciudadanía con altas dosis de xenofobia y racismo, el presidente Rafael Correa hizo pública su decisión de eliminar las visas de turismo para todos los ciudadanos extranjeros que llegaran al país, otorgándole a cada persona que ingresara 90 días de permanencia.

Menos de un año después, el gobierno de la Revolución Ciudadana, revisó la medida y reimplanto el visado de turismo primero para los ciudadanos chinos y unos meses más tarde, para la población proveniente de países como Bangladesh, Afganistán o Nigeria, entre otros. La Revolución Ciudadana comprobó que el territorio ecuatoriano se estaba convirtiendo en lugar de tránsito hacia Brasil y Estados Unidos pero además, se enfrentó a las tensiones regionales que estaba ocasionando la apertura de las fronteras de Ecuador, por la “inestabilidad” que esta medida provocaba en el continente.

Durante los dos años siguientes, el flujo de ciudadanos cubanos y haitianos hacia Ecuador aumentó exponencialmente y el principio de ciudadanía universal se encontró de frente, con la ausencia de una legislación que permitiera aplicarlo y con la intervención del Ministerio del Interior y la fuerza policial, en uso de las competencias que les da ley de migración vigente.

De hecho, ya desde el año 2010, el gobierno puso en operación un Centro de Detención para Inmigrantes, a donde son conducidos ciudadanos extranjeros que son detenidos en redadas por la policía por encontrarse en “situación irregular”. De este lugar, que funcionaba como hotel y continúa llamándose Hotel Carrión, no pueden salir mientras no se resuelva su situación, bien sea por la vía de la deportación o por el otorgamiento de algún tipo de visado.

Organizaciones de derechos humanos o que trabajan en temas de migración y refugio denuncian sistemáticamente la vulneración de derechos de la que son objeto los inmigrantes en situación irregular. Por su parte, las autoridades argumentan la necesidad de control para garantizar la seguridad ciudadana y aseguran, desde el primer momento, que la medida del Centro de Detención se tomó para garantizar un trato digno a las personas.

Así, el principio de ciudadanía universal, principio de avanzada en cuanto al derecho a libre movilidad se sigue encontrando hasta el día de hoy con múltiples obstáculos derivados tanto del contexto nacional como del internacional.

A nivel nacional, una ley de migración que no ha sido modificada en consonancia con este principio y por tanto, orientando muchas de las prácticas de las autoridades e instancias competentes en un sentido contrario al de la ciudadanía universal; además, una atmósfera ciudadana que no es favorable al ingreso e integración de población de otros países, aduciendo los argumentos habituales en torno a trabajo y seguridad.

A nivel internacional, una región que, a pesar de los avances de integración, no cuenta todavía con políticas migratorias alineadas entre los diferentes países y menos aún, con el principio de ciudadanía universal y un mundo en el que la necesidad de buscar una vida mejor en otros lugar, por las razones que fuere, es objeto de negocio y terreno abonado para la violación de los derechos humanos.

Aún así, contar con el principio de ciudadanía universal en la Constitución de la República sigue siendo, desde la perspectiva de quienes creemos en la libre movilidad como un derecho y un ejercicio de la libertad humana, un gran avance. Una decisión ejemplar que marca un camino largo y difícil, pero no imposible. [IDN-InDepthNews – 21 Marzo de 2016]

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