El presidente ecuatoriano, Rafael Correa, anunció durante este sábado que se analizan enmiendas para algunos artículos de la Constitucion vigente.

Entre las propuestas para enmienda que explicó el mandatario están el literal 3 del artículo 86 referente a las garantías jurisdiccionales. El articulado reza que presentada una acción, “la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública, y en cualquier momento del proceso podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumirán ciertos los fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad pública requerida no demuestre lo contrario o no suministre información”.

El presidente Correa aseguró que existe un desfase en esta normativa pues la carga de las pruebas de culpabilidad debería estar sobre el denunciante. “Esto es error que expone al Estado que somos todos. Si alguien pone una demanda ante una institución pública, y esta no se entera y no se defiende gana el querellante. Creemos que esto es necesario suprimir porque por estas disposiciones  se dieron casos de restitución de policías corruptos, por ejemplo”, explicó.

“Normalmente el que presenta la querella es quien debe demostrar la razón de su queja y que en demandado es culpable y no la inversa”, dijo

Otro de los artículos propuestos para enmienda es el artículo 264 referente a las competencias de los gobiernos municipales en el que se establece que entre sus facultades está “planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo de acuerdo con ley”.

El presidente señaló que este inciso choca con otro en el que la misma Constitución establece que el Gobierno Central es quien tiene la competencia de la educación y salud. Correa dijo que se sugerirán la supresión de este postulado.

Asimismo, indicó que en el artículo 370 referente a la seguridad social, las fuerzas armadas y la policía nacional solicitará que se  incluya un texto en el que se establezca que “el Estado garantiza el pago de las pensiones jubilares de los miembros de las fuerza públicas”.

“En todos los países del mundo es el Estado quien se responsabiliza de las pensiones de la fuerza pública porque no puede haber un sistema autosustentado. Siempre va a tener que intervenir el Estado y así garantizaremos las pensiones y evitaremos rumores”, añadió.

En el artículo 372 también referente a la seguridad social se corregirá una palabra que altera el significado del inciso. Este establece que “los fondos y reservas del seguro universal obligatorio serán propios y distintos de los del fisco, y servirán para cumplir de forma adecuada los fines de su creación y sus funciones. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de  sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio. Los fondos provisionales (sic) públicos y sus inversiones se canalizarán a través de una institución financiera de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social”. En esta enmienda se solicitará cambiar la palabra provisionales por previsionales.

El presidente Correa señaló que estas propuestas se solicitarán a la Asamblea y que se enviarán a la Corte Constitucional para que califique el procedimiento adecuado y canalice las enmiendas.

http://www.andes.info.ec/es/noticias/ecuador-analiza-enmiendas-constitucionales-algunos-articulos-normativa-vigente.html