El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado hoy una sentencia según la cual los países de la Unión Europea deben reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo contraídos legalmente en cualquier país de la Unión, aunque su legislación nacional no lo contemple.
Negarse a reconocerlo es «contrario al Derecho de la Unión, ya que viola dicha libertad y el derecho al respeto de la vida privada y familiar, y puede causar graves trastornos a nivel administrativo, profesional y privado, obligando a los cónyuges a vivir como personas no casadas».
El caso se refiere a dos ciudadanos polacos que se casaron en Berlín en 2018 y luego regresaron a Polonia, donde solicitaron que su certificado de matrimonio en alemán se transcribiera en el registro civil polaco; la solicitud fue denegada y la familia recurrió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.













