Es de público conocimiento el rol de las emociones en las decisiones de compra, lo cual lleva a que las personas adquieran mercancías que no necesitan prioritariamente, mediante acciones
impulsivas o irracionales. Por ejemplo, toda la gente debería administrar un presupuesto racional y viable para sus finanzas individuales, sin embargo, muchas personas prefieren improvisar y tomar decisiones financieras según estados anímicos, comprando algo para sentirse de cierta forma particular, sin considerar la conveniencia financiera de la adquisición.

También las personas desarrollan un comportamiento dominado por las emociones en otras áreas de la vida, como los matrimonios, los cuales podrían ser abordados desde un punto de vista de conveniencia racional o práctica, pero no pueden eludir la carga emocional que contienen las decisiones de alianza tomadas. De la misma manera, la pertenencia a credos religiosos también está estrechamente ligada a las emociones, igual que la afiliación a un club deportivo o la preferencia por una cultura musical particular.

No será diferente en el caso de las votaciones, las emociones tendrán un rol relevante en la decisión de aprobación o rechazo en el plebiscito constitucional chileno. Quienes experimenten
emociones positivas respecto del nuevo texto constitucional, apoyarán mediante el voto de aprobación, independiente de que sea inconveniente racionalmente, de la misma forma que
quienes experimenten emociones negativas respecto del nuevo texto constitucional, rechazarán mediante su voto, aunque pudiera convenirles racionalmente la aprobación. Esto sucede porque las emociones movilizan la conducta humana, debido a la constitución corporal y biológica de las personas como seres vivos sintientes. El ámbito técnico de los textos  constitucionales es sobrepasado por las experiencias emocionales de cada persona, las cuales tomarán una decisión sustentada en sus sentimientos, sin necesitar usar el conocimiento racional.