En el marco del foro Agenda Política 2022 de Icare, la ministra del Interior, Izkia Siches, cuestionó a la justicia nacional, apuntando a una segregación económica y social, comparando a la comuna de Las Condes con La Pintana y la región de La Araucanía.

En el encuentro -al que la titular de Interior asistió de manera telemática debido que a padece Covid-19-, Siches defendió el retiro de 139 querellas por Ley de Seguridad del Estado, presentadas en el contexto del estallido social.

“¿Por qué pueden haber beneficios carcelarios para toda la población que están regidos y reglamentados, pero en algunos casos no?”, cuestionó la secretaria de Estado.

“Si yo pillo a una persona al lado de un crimen y es en Las Condes, es rubio y tiene un apellido, no pasa nada; si yo pillé a esa persona en La Pintana y es pobre, me lo llevo detenido; si lo pillo en La Araucanía, me lo llevo detenido, allano su casa, agarro a los niños y violento a toda una comunidad”, prosiguió.

“Ese es un sistema judicial que hay que ir a mirar, porque eso crea esta sensación de diferencias y eso nos hace mal como país. Nos divide, nos segrega y da la sensación de que no hay una justicia que es homogénea y que no es mi justicia y que no la reconozco como tal”, añadió Siches.

Luego cabe preguntarse, ¿tiene razón o no la ministra Siches?

Jacqueline Van Rysselberghe (2013): Jorge Mackenna Vergara, figuró como empleado de la Corporación Social Municipal de Concepción de Servicio Educacional, Salud y Atención de Menores, más conocida como SEMCO. Su tarea: asesorar directamente a la presidenta de la entidad, la entonces alcaldesa Jacqueline Van Rysselberghe, en la programación de actividades culturales. Y es por ese último trabajo que el nombre de Mackenna aparece también en un duro informe de la Contraloría Regional del Biobío y en una investigación del Ministerio Público sobre desviación de fondos municipales hacia campañas políticas.

Rectificaciones del Banco de Crédito e Inversiones (BCI): en la rectificación del BCI, figura un grupo de emisores sobre los cuales, según fuentes conocedoras del contenido de la información, no existirían respaldos respecto de sus servicios, como tampoco constancia de que estos fueran prestados. Tal es el caso de un exestudio jurídico del actual senador UDI, Javier Macaya, donde además era socio el exalcalde de Santiago, Felipe Alessandri. Se trata de una factura por $ 5 millones emitida en 2013. En la aclaración ante el SII figura una boleta emitida en 2010 por el alcalde de La Florida, Rodolfo Carter, también por $ 5 millones. A su vez, el banco rectificó el pago a Ana Carolina Palacios, cuñada de la exjefa de gabinete de Pablo Longueira, por un monto de $ 8 millones consignados en 2010. Del mismo modo, la boleta de Ximena Carbacho, esposa del administrador electoral de la candidatura senatorial de Ena von Baer: $11 millones cobrados en 2013. En la lista de documentos rectificados sin respaldos están los de Juan Masferrer, ligado a la UDI, ($11 millones en 2013); el exconcejal UDI, Gustavo Alessandri ($ 5 millones en 2010) y Carmen Soza del Río, ligada a la Fundación Jaime Guzmán ($ 5 millones de 2013). Según los montos ligados a Laurence Golborne, estos ascenderían a $112 millones: $ 20 millones facturados por VSA y $92 millones pagados a Vox Comunicaciones. También figura el caso del exalcalde de Santiago Pablo Zalaquett, con dos empresas rectificadas, Ases La Manada e Inversiones y Asesorías ZB Ltda. por $ 32 millones y $ 7 millones respectivamente. Del mismo modo está el Centro de Investigaciones Sociales, de la familia del cientista político Gonzalo Müller, esposo de la diputada UDI María José Hoffmann: $ 12 millones en 2013, cuyos servicios se habrían prestado y habría respaldos.

Virginia Reginato: en enero de 2019 un informe de la Contraloría General de la República de Chile detectó que Viña del Mar tenía un déficit de más de 17 mil millones de pesos —más de 25 millones de dólares— que se arrastraban al menos desde 2015, y que no habían sido informadas por la alcaldesa en sus informes anuales. Muchos de estos gastos se debían a sobresueldos, el pago de numerosas horas extra y costosos tratos con empresas privadas. Reginato le quitó importancia a estas. El 20 de julio de 2021, el tribunal calificador de elecciones (Tricel) falló inapelablemente en contra de la exalcaldesa y hasta ése momento concejala de Viña del Mar por un notable abandono de deberes (durante su gestión edilicia) debido a haber mantenido una situación permanente de déficit financiero y ocultar la real situación financiera del municipio. Situación por la cuál se le prohibió ejercer cargos públicos por un plazo de 5 años a partir de la fecha de la sentencia.

Ley de Pesca: en 2011 asume Pablo Longueira como Ministro de Economía, quien junto a su asesor Gonzalo Cornejo y el Subsecretario de Pesca Pablo Galilea ejercieron presión desde el Estado para la aprobación de una Ley a favor del sector industrial de pesca. La llamada Ley Longueira. En ese tiempo se facturaron más de 100 millones de pesos desde el Ministerio de Economía por asesorías fantasmas (copy paste) para la redacción de la Ley. En diciembre de 2011, el presidente Piñera envía al Congreso el proyecto de Ley que, entre otras cosas, modifica las cuotas de los recursos pesqueros (industriales y artesanales), estipula que las Licencias Transables de Pesca duren 20 años, asegura una fiscalización “más flexible”. Además, establece que, si hubiera cambios en esta legislación, el Estado tiene que compensar a las familias dueñas de las pesqueras. Una expropiación de recursos marinos a costo cero en beneficio de 7 familias. En el Congreso el sector pesquero tenía sus aliados y el lobby fue grosero y a vista de todos. Por parte de Corpesca (la mayor pesquera de Chile, de la familia Angelini) hubo financiamiento a campañas de políticos y la emisión de múltiples facturas ideológicamente falsas a los parlamentarios Jaime Orpis, Marta Isasi y Fulvio Rossi. Por parte de Asipes, hubo financiamiento al DC Hosain Sabag, al UDI Alejandro García Huidobro, el PPD Cristián Campos, el UDI Jorge Ulloa, al RN Cristián Monkeberg (actual convencional constituyente), a la PS Clamira Pacheco y al exministro del Trabajo Patricio Melero. Asipes también tuvo un estrecho vínculo con Jacqueline Van Rysselberghe, quien en cuanto fue electa presidió la Comisión de Pesca. Por correos que fueron expuestos, se supo que por medio del gerente de Asipes, Luis Felipe Moncada, se le pautaba a la senadora las respuestas de entregas y las indicaciones a la Ley. En cuanto a condenas, todos salieron libres de polvo y paja, excepto Jaime Orpis.

Carlos Larraín: durante el año 2013, su hijo, Martín Larraín Hurtado, fue protagonista en un accidente de ruta que causó la muerte del peatón Hernán Canales, en Cauquenes. Tras atropellar a Canales, Larraín Hurtado se dio a la fuga sin prestar ayuda a la víctima, eludiendo además la posibilidad de someterse al test de alcoholemia. Con posterioridad la Fiscalía local inició un juicio solicitando una pena de cuatro años de presidio por el hecho, además de la suspensión de su licencia de conducir de por vida, por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte. No obstante, se trató de un cuestionado juicio, mediado por relaciones de poder que blindaron al hijo del entonces senador frente a la justicia. En primera instancia Larraín Hurtado fue condenado a 540 días de presidio remitido, sin embargo, posteriormente el Tribunal Oral de Cauquenes lo absolvió de todos los cargos, argumentando falta de pruebas. Más tarde el caso se reabrió, pero terminó con la absolución de Martín Larraín, además de una condena de obstrucción a la justicia a sus dos acompañantes cómplices del crimen, quienes habían expuesto pruebas falsas para encubrir al imputado. La noticia de la absolución fue recibida con repudio en la opinión pública, que manifestó su transversal rechazo por la abierta desigualdad ante la ley en Chile, según origen social.

Julio Ponce Lerou: tal como dijo el exministro Briones, “en Estados Unidos el Sr. Ponce Lerou estaría preso, sin ninguna duda”. En 2013, justo en medio de cuestionamientos formulados por los accionistas minoritarios de SQM (que generó una batalla en el Poder Judicial), la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS) formuló cargos en su contra por la responsabilidad que le cabía en diversas operaciones realizadas «de modo recurrente y coincidente», entre 2009 y 2011, que permitían, en su opinión, presumir la existencia de un esquema ilegal consistente principalmente «en transacciones bursátiles con los títulos Calichera A, Oro Blanco y SQM». En septiembre de 2014 la autoridad, tras ratificar esta acusación, le aplicó una multa de UF 1,7 millones, equivalente a 70 millones de dólares. Los otros ejecutivos del grupo cuestionados en este caso fueron Aldo Motta Camp, Patricio Contesse Fica y Roberto Guzmán Lyon. No obstante, en 2019 la sanción a Ponce Lerou fue rebajada a la irrisoria cifra de UF 75.000 (casi US$ 3 millones) por la Corte de Apelaciones de Santiago, fallo que fue confirmado por la Corte Suprema en 2020.

Horst Paulmann: en septiembre de 2005 recibió la nacionalidad chilena por gracia especial, según proyecto de ley emanado desde la Presidencia de Ricardo Lagos y aprobado por el Congreso Nacional de Chile y promulgado por la presidenta Bachelet. La gracia fue cuestionada por el entonces senador Jaime Naranjo, tras una polémica por malas prácticas en relación con sus empleados y a su estrecho vínculo con Colonia Dignidad.

Además, durante los días siguientes al terremoto de Chile de 2010, Cencosud, compañía de Paulmann, internó al país de forma irregular 183 camiones con mercancía caratulada como «ayuda humanitaria», la que supuestamente iría en beneficio de los afectados por el sismo. Al declararlos como donaciones, esos productos no pagaron impuestos a su ingreso al país, a pesar de que, finalmente, Cencosud los comercializó en el territorio nacional.

Sebastián Piñera: por lo menos cuenta con 38 actuaciones delictivas e ilegales, como las que se desglosan en el siguiente link: https://www.elciudadano.com/chile/carcel-para-pinera-el-prontuario-de-38-cargos-contra-el-peor-presidente-de-la-historia-de-chile/03/09/

Andrónico Luksic: a su haber cuenta con el siguiente prontuario:

-El Banco de Chile y José Miguel Fuente-Alba

-Blanqueo de capitales y alzamiento de bienes de Augusto Pinochet a través de la institución financiera, perteneciente a Quiñenco, holding del grupo Luksic, Banco de Chile.

-Nueragate.

-La relación entre la empresa chilena Luchetti y Vladimiro Montesinos

-Alto Maipo.

-El Mauro, Pelambres y Michilla. Sobornos, riesgo de muerte y contaminación.

-Empresas zombis.

-Puerto de Antofagasta. Exponencial incremento de cáncer entre la población.

Siguiendo a Herrera (2018), en Chile en el ámbito de la justicia civil (resolución de conflictos de interés privado o particular), los altos costos involucrados, la congestión y lentitud de los procesos en tribunales y la desconfianza generalizada en el sistema judicial, conforman una realidad que termina alejando a los sectores de menores recursos de la posibilidad de resolver sus problemas por la vía jurídica. Quienes se animan a acudir a los tribunales cuando se encuentran ante una disputa, deben disponer de recursos no menores para solventar un abogado, un receptor y probablemente un perito, además de la eventualidad de tener que pagar las costas del juicio si así lo determina el juez. De manera que buena parte del resultado de un litigio se basa en la capacidad de pago para obtener una mejor asesoría jurídica.

Sin embargo, esta desigualdad se torna mucho más grave en el ámbito de la justicia penal, porque exacerba los privilegios comúnmente asociados a condiciones de cuna, influencias connotadas, o al poder económico o político, socavando así el principio mismo de igualdad ante la ley. Esta realidad clasista de la ley penal se sostiene en dos aspectos:

1-Discriminación arbitraria a los pobres establecida por el mismo sistema normativo. Ya es un clásico el ejemplo de la gallina —en general, castigo al abigeato— y la penalidad de presidio que se asignaba a su robo en el código de 1874, escarmiento que se pretendía fuera ejemplarizador contra individuos de bajo nivel socioeconómico involucrados en el tipo de delito más común, el que atenta contra la propiedad.

2-Las desigualdades exógenas a la legislación penal. Sin duda las más nefastas y socialmente perturbadoras, son aquellas que solo se explican por la otorgación de un trato privilegiado, por ejemplo la protección de personas o sectores influyentes ante la aplicación de la ley.

El carácter clasista del Código Penal queda palmariamente demostrado por la composición social de la población carcelaria, formada mayoritariamente por presos condenados por robo y hurto, comercio callejero o infracción a la ley de drogas, es decir, una “criminalidad de la calle”, cometida por pobres y marginados, lo que deja en evidencia la impunidad —a lo menos en penas privativas de libertad— de la que gozan los individuos pertenecientes a los sectores pudientes, la delincuencia de “cuello y corbata”. Como dijera Nelly León, la capellán del Centro Penitenciario Femenino de Santiago durante la visita del Papa Francisco, “lamentablemente en Chile se encarcela la pobreza”.

Aunque muchos no lo quieran ver, la delincuencia común está íntimamente ligada a la falta de oportunidades, a la deserción escolar, a quienes pierden toda posibilidad de acceso al trabajo por tener sus “papeles manchados”. Si a ello agregamos el factor destructor de la droga y la prácticamente nula disposición rehabilitadora del sistema carcelario, nos encontramos con una espiral perversa en que la falta de recursos genera delincuencia y la delincuencia hunde cada vez más a familias completas, incluso a poblaciones enteras prejuiciosamente estigmatizadas, en una pobreza dura, en que la convivencia en ínfimos espacios origina violencia intrafamiliar y, a menudo, agresiones sexuales de carácter incestuoso. La desesperanza provocada por la carencia de proyectos de vida, desincentiva en los hijos toda opción de salida digna y esforzada, dejándose seducir por medios disgregantes como el microtráfico, la delincuencia y la prostitución infantil.

Además de la aplicación discriminatoria del Código Penal según sea el tipo de delito que se procese, delito de calle o delito de “cuello y corbata”, el año 2016, en medio de la indignación ciudadana por el descubrimiento de sobornos y financiamiento ilegal de campañas que involucraron a grandes empresarios, legisladores y políticos de todo el espectro, se aprobó una normativa que impone penas “de presidio menor en su grado mínimo a medio” a cualquier persona que filtre información de una investigación judicial. Esta medida que obviamente pretendía poner un velo a las indagaciones que en ese momento se llevaban adelante, y que empezaban a llevar al estrado de acusados a eminentes personajes de grandes empresas y de la política, enviaba también una enérgica advertencia a un grupo de valerosos persecutores que parecían no mostrar temor alguno ante la prosapia de los imputados, y que se mostraban decididos a conocer la totalidad del alcance de los delitos, dando cuenta al mismo tiempo de los avances de la investigación ante la opinión pública. Como es fácil de inferir, dicha modificación penal constituye un nuevo recurso a favor de individuos identificados con el poder político y económico, cuando cometen delitos. Incluso su aplicación estricta permite poner reserva sobre cualquier investigación a la que pudiera ser sometido un notable, retrotrayendo la condición a la etapa de sumario que disponía el antiguo Código de Procedimiento Penal, que tenía carácter secreto, lo que generaba continuas suspicacias respecto a la independencia que era capaz de guardar un juez ante la presión e influjo de sectores de alta posición.

Los empresarios y políticos no son los únicos que gozan de los beneficios que les entrega la justicia chilena. Conocidos son los distintos casos de militares y carabineros que se encuentran presos en recintos penitenciarios, como fue el Centro de Cumplimiento Penitenciario Penal Cordillera y Punta Peuco (donde se encuentra recluido el exjefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán). Manuel Contreras, exdirector de la DINA, estaba recluido en el Penal Cordillera, el cual contaba con cinco cabañas, las que tenían dormitorios, sala de estar, cocina y baño, además de teléfono, televisión, horario de visita de 10 a 17 horas, resguardo de 36 gendarmes para los 10 presos militares que habitaban en el recinto. ¿Qué otros militares habitaban el recinto? Odlanier Mena, exdirector de la CNI, Miguel Kassnoff y Pedro Espinoza, entre otros.

Los clérigos acusados de abusos sexuales a menores de edad también gozaron de privilegios. Fernando Karadima, vivió en un hogar de ancianas con atenciones de calidad y permanentes tras su expulsión del sacerdocio. El sacerdote John O’Reilly, por su parte, fue condenado a cuatro años libertad vigilada, por el delito de abuso sexual a una menor.

Mientras que la clase alta del país goza de las “cárceles vip”, la mayoría de la población penal habita en recintos penitenciarios deplorables, infrahumanos, con pésima calidad en su infraestructura, con altos índices de hacinamiento, abusos, maltratos, peleas entre pandillas e incendios como el ocurrido en la cárcel de San Miguel que dejó a más de 80 personas fallecidas.

El 3 de agosto de 2013, las cámaras de seguridad al interior de la Cárcel de Rancagua registraron cómo gendarmes golpearon duramente a reclusos, quienes no opusieron ninguna resistencia, encontrándose desarmados. Las crudas imágenes recién fueron reveladas públicamente en agosto de 2014.

Otro caso emblemático del sesgo clasista de nuestros tribunales es el tristemente célebre caso Penta, a veces también denominado Pentagate, que fue un caso penal referido a un coordinado y efectivo fraude al Fisco por parte de Empresas Penta, mediante la utilización de facturas y boletas de honorarios ideológicamente falsas -emitidas materialmente de acuerdo a la ley, pero cuya justificación es falsa- que, entre otros aspectos, habrían permitido el financiamiento irregular de campañas electorales de varios políticos, la mayoría pertenecientes a la Unión Demócrata Independiente (UDI). Este acontecimiento, en sus diversas aristas, se investigó como delitos tributarios, sobornos, lavado de dinero y cohecho. La principal “condena”:

“Cárcel para los pobres, clases de ética para los ricos”. Así recibieron los estudiantes de la Universidad Adolfo Ibáñez a los temporales estudiantes Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín. Comenzaron en esa casa de estudios las clases de ética a las que fueron condenados en el marco de dicho caso. Una medida que indignó porque parece una burla como castigo para personas que cometieron delitos graves. Es cierto que además fueron condenados a cuatro años, pero de libertad vigilada. O sea, salvo la prisión preventiva, de condena no tuvieron ni un día tras las rejas. Y los $850 millones de multa son bastante insignificantes para personas con un tremendo patrimonio. Penas ridículas después de defraudar al Fisco en $1.700 millones y financiar ilegalmente la política, porque el daño que ellos y otros le causaron a nuestra democracia fue enorme. Mientras otros que cometen delitos tributarios, pero que no son poderosos, sufren todo el rigor de la ley. Un ejemplo: cuatro años de presidio en Puerto Montt para un comerciante que presentó dos facturas falsas con un perjuicio de $2 millones.

Un informe de Gendarmería da cuenta de que en Chile en 2017 el número de personas tras las rejas alcanzó un total de 42.245, un tercio de las cuales ni siquiera se encontraba cumpliendo condena si no que se haya bajo medida cautelar de prisión preventiva.

De acuerdo a Gendarmería de Chile (2017), de los reclusos un 0,9% no posee escolaridad alguna, un 22% posee básica incompleta, un 22,3% básica completa, un 25,7% media incompleta y un 27% media completa, finalmente solo un 3,9% presenta estudios superiores. En promedio los reos chilenos poseen 8,38 años de escolaridad lo cual además también se refleja en los tipos de delitos cometidos por la población penal, así a modo de ejemplo, los robos, hurtos y tráfico de drogas concentran el 80,3% de la población penal.

El año 2002 un estudio publicado por el Banco Mundial, donde se analizaron datos de 39 países, concluyó que la desigualdad de ingresos tiene un efecto positivo y significativo en el aumento de la delincuencia. Dicho lo anterior, ¿a alguien le pude extrañar que en Chile estemos con un alto nivel de delincuencia cuando más del 35% de la riqueza del país está concentrada en el 1% más rico de la población y que la mayoría de los trabajadores viven endeudados y en constante carestía?

La escala de penas resulta misteriosamente inequitativa y lleva a preguntarse, básicamente, quiénes son los grupos o sectores sociales específicos que son potenciales sujetos activos de esos delitos y cuáles son sus vínculos con quienes hacen las leyes.

En este sentido es posible observar que existe una discriminación inicial entre bienes jurídicos protegidos, donde los delitos contra el patrimonio, tienen un tratamiento jurídico especialmente rígido en comparación a bienes socialmente más relevantes como la vida y la salud.

Además, dentro de los delitos contra el patrimonio es posible determinar una nueva discriminación atendiendo al potencial sujeto que comete el delito, siendo las penas de robo y hurto las que implicarían mayores sanciones dentro del ordenamiento penal. En este mismo sentido, los delitos económicos, tendrían como potenciales imputados, personas con mayor educación y poder adquisitivo, lo que se traduciría además en una tipificación más laxa y una escala de penas definitivamente inferior en comparación a los otros delitos contra el patrimonio. En tanto, los delitos tributarios, estarían representados por una escala de penas mucho menor a los otros dos casos. En este aspecto, quienes cometerían este tipo de delitos, serían determinados grupos ligados a empresas que se dedicarían a la especulación monetaria. Ellos, constituirían una clase social privilegiada no sólo desde el punto de vista económico, sino que también tendría acceso a un mejor derecho penal, en desmedro incluso de otras clases acomodadas y por supuesto de las clases bajas.

Finalmente, los hechos demuestran que la ministra Siches tiene toda la razón.