Comunicado de Prensa de la Dirección General de Migración de Bolivia

Sobre las notas de prensa que circulan por redes sociales y medios de comunicación argentinos comunicamos que:

El Estado Plurinacional de Bolivia en apego a la ley N° 370 de Migración de conformidad a la Constitución Política del Estado, los Instrumentos Internacionales ratificados por el Estado y la normativa vigente POSIBILITA el ingreso a territorio boliviano de ciudadanos argentinos sin la obtención de la visa de ingreso por turismo o visita con la sola presentación de su documento de viaje válido y vigente; y la Tarjeta Andina Migratoria debidamente llenada.

La entrada es autorizada con un “Sello de Ingreso” en su pasaporte o en su Tarjeta Andina Migratoria correspondiente.

El ciudadano extranjero tiene un tiempo de estadía en el país de 90 días prorrogables a hasta 180 en calidad de turista. Como ocurre en cualquier país del mundo, la calidad de Turista es para aquella persona que tiene el propósito de descanso o esparcimiento y no para ejercer actividades remuneradas o lucrativas.

Si el ciudadano extranjero desea cambiar su condición migratoria en territorio boliviano a una permanencia transitoria o temporal por trabajo, estudio, familia o cualquier otro motivo; para su comodidad, ésta puede obtenerse de manera ágil y pronta en cualquier puesto de control migratorio, terrestre o aeroportuario con los costos establecidos por ley.

Aclaramos que bajo la normativa vigente el sello de “Turista Prohibido trabajar y estudiar” NO se encuentra autorizado y por lo tanto se procederá a la prohibición de su uso y destrucción.

Desmentimos categóricamente la información que circula en varios medios de comunicación argentinos de que en nuestro país se prohíbe estudiar o trabajar.

El Estado Plurinacional de Bolivia brinda TODAS las garantías para que los ciudadanos extranjeros ejerzan sus derechos y libertades civiles, sociales, culturales y económicas, en particular el derecho a estudiar y trabajar; y ejercer toda actividad lícita en las condiciones que disponen nuestras leyes y norma migratoria boliviana.

Bolivia cumple estrictamente el “Acuerdo Migratorio entre la República de Bolivia (actual Estado Plurinacional de Bolivia) y la República Argentina” y el “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Parte y Asociados del MERCOSUR”, tal es así que el 48 % de los residentes extranjeros en Bolivia se encuentran bajo el amparo de tales Acuerdos.

El Estado Plurinacional de Bolivia garantiza el respeto a la ley y los derechos de convivencia, trabajo, justicia, igualdad, estudio y libertad como estipula la Constitución Política.

El artículo original se puede leer aquí